13/Mar/24 10:26
Buen día estimados,
Una consulta,
Tengo cheques expedidos a los empleados que ya no estaban activos en la empresa de PTU en mayo de 2023 (correspondientes a la PTU de 2022), a la fecha no han cobrado los empleados,
cuál es el periodo que se deben 'dejar' los cheques, es decir, hasta cuándo se pueden cancelar ?
Es aplicable la disposición del artículo 516 de la LFT, para este tema?
Artículo 516.- Las acciones de trabajo prescriben en un año, contado a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible, con las excepciones que se consignan en los artículos siguientes.
En este caso se deben cancelar el 1 de junio de 2024?
Cuál es su experiencia?
De antemano muchas gracias por la atención