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27/Mar/13 13:46
B/L DEDUCIBLE REGLA 1.6.22

Buenas tardes:
Me podrian por favor ayudar a interpretar lo que dice la Regla 1.6.22 de Comercio Exterior 2012 en su ultimo parrafo.

Dice asi la regla::

1.6.22. Para los efectos del artículo 29-B, fracción III del Código, los conocimientos de embarque que expidan las empresas navieras servirán como comprobante fiscal para la deducción y acreditamiento que proceda conforme a las disposiciones fiscales, siempre que contengan los datos siguientes:
I. Los puertos de salida y de destino del buque.
II. El nombre y la matrícula del buque en el que se transporte la mercancía, si se trata de transporte por embarcación designada y las bases para determinar la indemnización que el transportista debe pagar o cualquier otro gasto que no esté amparado con el propio conocimiento de embarque.
III. El número de orden del conocimiento de embarque.
IV. El nombre y el domicilio de la persona a cuya orden se expide el conocimiento de embarque.
V. La descripción de los bienes que deberán transportarse, con la indicación de su naturaleza, calidad y demás características que sirvan para su identificación.
VI. El nombre, el domicilio y la firma del transportista.
VII. El nombre y el domicilio del embarcador.
VIII. Las tarifas aplicables de fletes y gastos de transporte, indicando si los fletes fueron pagados o se cobrarán a la entrega de la mercancía.
Lo dispuesto en esta regla no será aplicable cuando el cargo por concepto de manejo de mercancías en terminales de contenedores dentro de los puertos, conocido con las siglas en idioma inglés “THC” (Terminal Handling Charge), no venga desglosado de origen en el cuerpo del conocimiento de embarque, por lo tanto deberá expedirse el comprobante fiscal que cumpla con los requisitos a que se refieren los artículos 29 y 29-A del Código.

Este ultimo parrafo, me es dificil de entender en el sentido de que para hacerlo deducible tiene que venir el B/L de origen con esa leyenda ???

Muchas gracias por su atencion.. espero recibir sus comentarios.
 
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BASURTOI
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12/Abr/13 15:59
Re: B/L DEDUCIBLE REGLA 1.6.22

Buen día,

Efectivamente, con esa leyenda y con ese importe desglosado, lo que la autoridad quiere es checar que servicios se estan otorgando por la naviera y en que parte de los territorios nacionales e internacionales se estan dando, no bostante si esto lo declaras en el pedimento ya es deducible.

Saludos,
 
ISE, S.C. consultores
 
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edgarconfistula
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