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13/Ago/11 10:14
REGISTRO EN CONTABILIDAD VENTA DE ACTIVO

SALUDOS Y MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO POR SU ATENCION.,

COMO REGISTRAR EN CONTABILIDAD LA VENTA DE ACTIVO (E. TRANSP), DE PERSONA FISICA ACTIVIDAD EMPRESARIAL. EL ACTIVO ESTA TOTALMENTE DEPRECIADO., ADEMAS DEBE DESGLOSAR IVA., SEGUN YO NO PUES ES UN INMUEBLE USADO

DEPREC ACUM E.TRANSP. XXXX
E. TRANSPORTE XXXX


ASIENTO DEPRECIACION TOTAL


BANCO XXXX
VENTA (ACTIVO) XXXX
IVA XXXX

PARA DARLO DE BAJA POR LA VENTA



Editado: Agosto 14, 2011 19:05:42
 
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NINIMXLI
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13/Ago/11 11:12
Re: REGISTRO EN CONTABILIDAD VENTA DE ACTIVO

NINIMXLI:
..ADEMAS DEBE DESGLOSAR IVA., SEGUN YO NO PUES ES UN INMUEBLE USADO ..

Si causa IVA y además debes desglosarlo en la factura que elabores para tal fin, dado que el contribuyente realiza Actividades Empresariales:

LIVA

Artículo 9o.- No se pagará el impuesto en la enajenación de los siguientes bienes:

IV.- Bienes muebles usados, a excepción de los enajenados por empresas.


CFF

Artículo 16.- Se entenderá por actividades empresariales las siguientes:
……..

Se considera empresa la persona física o moral que realice las actividades a que se refiere este artículo, ya sea directamente, a través de fideicomiso o por conducto de terceros; por establecimiento se entenderá cualquier lugar de negocios en que se desarrollen, parcial o totalmente, las citadas actividades empresariales.


Saludos
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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13/Ago/11 18:13
Re: REGISTRO EN CONTABILIDAD VENTA DE ACTIVO

Solicitas la forma que habrá de registrase en contabilidad una venta de activo fijo.


Primero debiese darse la baja del equipo, como paso inicial.

c/o Costo de venta por activo fijo $ 0 (Como no ha monto por depreciar, no sale costo)
c/o Depreciación acumulada $ 10,000
c/r Equipo de transporte $ 10,000


Luego procediera la venta del activo, como cualquier factura o venta tradicional.

c/o Clientes
c/r Ventas
c/r IVA trasladado (conforme al desgloce pronunciado por la ley del IVA y sus demás ordenamientos en la material.)

Si una empresa (se persona física o moral) ya dedujo esa adquisición y a la vez ya se acredito su iva implícito, es natural que cuando se enajene deba gravarse el IVA y acumularse la venta para ISR y IETU.

El Art. 9 F-IV de la LIVA Entonces, ¿Cuándo se emplea? Precisamente, cuando la persona que enajena no es contribuyente (en su persona propia, no de un negocio) y se trata de una operación aislada o esporádica. Que no tiene nada que ver con los actos empresariales.

Por conclusión por aquellos bienes propios que adquirir con fines que fueron propiamente personales, para uso exclusivo de mi persona, no se inmiscuyen fines empresariales, no se dedujo la inversión, ni se acreditó su iva implícito, que luego se pretenden enajenarse. En ese momento procede el Art 9 F-IV LIVA.

PD

No es un INMUEBLE de lo que se platica. ES MUEBLE.

Los inmuebles no se pudiese MOVERSE. El equipo de transporte pudiere moverse, es su fin moverse, sino para que sirvirian.



Editado: Agosto 13, 2011 18:21:45
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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13/Ago/11 18:36
Re: REGISTRO EN CONTABILIDAD VENTA DE ACTIVO

Despues de los anteriores dos registros contables procediese aplicarse un tercer
asiento contable.

Pero en el momento del cobro de la factura.

c/o Bancos 11,600
c/r Clientes 11,600

c/o IVA trasladado 1,600
c/r IVA por pagar o causado 1,600


Observo que el registro contable mostrado como ejemplo, pretende realizar el registro de 3 momentos distintos en tan solo en un registro contable. De tratarse de una venta de contado.

Si no se tiene el cuidado de ser prolijo en los registros contables, se terminaria desarrollandose una contabilidad imprecisa y poco util.

Si se comienza a penas a desarrollarse y a masticarse los efectos de los registros contables, mi consejo es hacerlo paso a paso, despacito.

Por querer ahorrase pasos de traspasos, terminarian realizando registros improcedentes, luego las cuentas ya no representaria su verdadero y genuino valor economico. Es cuando argumentamos que la contabilidad es un reverendo 'desm..'. despapaye.

Para obtener la mayor utilidad de la informacion contable, no ahorraria pasos, en los registros contables. Puesto que en cada paso, existen implicaciones que deben reflejarse en su momento particular. El tratar de hacerlo de golpe, pudiense no estarse registrando alguna cuenta o pasando por alto algo.
 
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enrique9727
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13/Ago/11 19:17
Re: REGISTRO EN CONTABILIDAD VENTA DE ACTIVO

DISCULPEN NO ANOTE DATOS SUFICIENTES

SE VENDIO EN EFECTIVO

ENTONCES PRIMERO AL DEPRECIARSE TOTALMENTE, DEBE DARSE DE BAJA

DEP.ACUM. E.TRANSP 10,000.00
E. TRANSPORTE 10,000.00


DESPUES AL VENDERSE

BANCO 5,000.00
VENTA (ACTIVO) 4,505.00
IVA (11%) 495.00

ES CORRECTO
 
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NINIMXLI
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14/Ago/11 12:10
Re: REGISTRO EN CONTABILIDAD VENTA DE ACTIVO

Buenos dias:

Persona fiscia con actividad empresarial.

Como seria el asiento si ese equipo de transporte totalmete depreciado se nos acepta como enganche por parte de la agencia automotriz para adquirir una equipo de tranporte nuevo a credito,

Se compra una camioneta para reparto con valor de 600,000.00 aceptandonos el equipo de transporte depreciado por 165,000.00, quedando un resto de 235,000.00 a credito con una financiera, come se haria el asiento contable, si por el equipo que nos aceptaron como enganche no expedi factura.
 
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rooj6002
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14/Ago/11 15:47
Re: REGISTRO EN CONTABILIDAD VENTA DE ACTIVO

Buena tarde;

En estos caso, lo recomendable es abrir un nuevo tema...

Considero importante comentar lo siguiente:

De acuerdo con las facilidades administrativas que tienen otorgadas los agremidados de la AMDA, por parte de la Administración General Jurídica del SAT (Oficio 600-04-06-2009-74533) la distribuidora de autos, en este caso no podrá considerar el endoso de la factura como documento fiscal, en virtud de que se trata de un vehículo adquirido a una persona con actividad empresarial. NO se trata de una persona que deba ser considerada como público en general.

Así pues, su enajenación grava IVA, en virtud de que esta persona realizada actividades empresariales. No aplica la exención en términos del artículo 9, fracción IV, de la LIVA, dado que, se encuentra exenta del IVA, la enajenación de bienes muebles usados, a excepción de los enajenados por empresa, entendiendo por empresa a la persona física o moral que realice actividades empresariales de acuerdo con lo previsto en el artículo 16, último párrafo del Código Fiscal de la Federación.

Por lo tanto, se deberá expedir comprobante (factura) fiscal señalando el impuesto al valor agregado que se traslada expresamente y por separado, así como describiendo detalladamente sus características esenciales como marca, modelo, número de serie del bien enajenado de conformidad con el artículo 32 fracción III, de la LIVA, 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 50 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.

Además de expedir el comprobante fiscal respectivo, también deberá hacer entrega de la factura original debidamente endosada, la cual le servirá al adquirente para acreditar la propiedad del bien, así como también para realizar el trámite del cambio de propietario. Según criterio de la SCJN (Tesis No. Registro 177966) [...] cuando dichas facturas son expedidas por una empresa cuyo objeto social es ajeno a la industria de fabricación de automóviles, carecen de valor para acreditar la propiedad de tales bienes.

A su vez, la persona física con actvidad empresarial, deberá conservar una copia de la factura del bien mueble enajenado, debidamente certificada por Notario Público, como soporte fiscal de la inversión y los gastos efectuados durante la tenencia de dicho bien.

Tomando en cuenta lo anterior, haz tu propuesta de asientos contables y los analizamos...

Saludos

Editado: Agosto 14, 2011 16:25:59
 

 
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a_cano
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15/Ago/11 00:25
Re: REGISTRO EN CONTABILIDAD VENTA DE ACTIVO

Por lo tanto, se deberá expedir comprobante (factura) fiscal señalando el impuesto al valor agregado que se traslada expresamente y por separado, así como describiendo detalladamente sus características esenciales como marca, modelo, número de serie del bien enajenado de conformidad con el artículo 32 fracción III, de la LIVA, 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 50 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación.

Además de expedir el comprobante fiscal respectivo, también deberá hacer entrega de la factura original debidamente endosada, la cual le servirá al adquirente para acreditar la propiedad del bien, así como también para realizar el trámite del cambio de propietario. Según criterio de la SCJN (Tesis No. Registro 177966) [...] cuando dichas facturas son expedidas por una empresa cuyo objeto social es ajeno a la industria de fabricación de automóviles, carecen de valor para acreditar la propiedad de tales bienes


En el caso de ya haberse expedido la factura, ya no se requiere endosarse la por la compra de un vehiculo nuevo, puesto esta debe formar parte de la contabilidad del contribuyente que la compra y vende, debe guardar por 10 años despues de terminarla de depreciar su vehiculo.
 
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enrique9727
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15/Ago/11 00:54
Re: REGISTRO EN CONTABILIDAD VENTA DE ACTIVO

Primero se da de baja el equipo de transporte que se deprecio totalmente y se vendera a la arrendadora

Se compra una camioneta para reparto con valor de 600,000.00 aceptandonos el equipo de transporte depreciado por 165,000.00, quedando un resto de 235,000.00 a credito con una financiera, come se haria el asiento contable, si por el equipo que nos aceptaron como enganche no expedi factura.


Supuniendo que el equipo a venderse se compro a 500,000 mas IVA debiese quedar el registro de la baja como sigue:

-1-
c/o Costo de venta de activo fijo $ 0.00
c/o Depreciacion Acumulada de Eq transporte $ 500,000.00
c/r Equipo de transporte $ 500,000.00
Baja del equipo de transporte

-2-
c/o Clientes (Arrendadora X) $ 165,000.00
c/r Ventas de activo fijo $ 142,241.38
c/r IVA trasladado $ 22,758.62
Registro de la venta del equipo, (que se entrega en dacion de pago)
Se debe emitirse factura por estos valores para traspasar la propiedad a la arrendadora

-3-
c/o Equipo de transporte $ 517,241.38
c/o IVA pendiente por acreditar $ 82,758.62
c/p Acreedores diversos (Arrendadora X) $ 600,000.00
Registro de la nueva alta de activo fijo

-4-
c/o Acreedores diversos (Arrendadora X) $ 165,000.00
c/r Clientes (Arrendadora X) $ 165,000.00

c/o IVA acreditable $ 22,758.62 (IVA proporcional pagado)
c/o IVA pendiente por acreditar $ 22,758.62

c/r IVA trasladado $ 22,758.62 (queda cancelada esta cuenta ya se cobro la factura de venta al recibirse el bien nuevo, existe una dacion en pago o permuta)
c/r IVA por pagar o causado $ 22,758.62

Pago por la dacion en pago, de bien tomado en cuenta del viejo por el nuevo y la cancelacion de la cuenta por cobrar

Hasta este momento se tendrá un saldo en acreedores por $ 235,000, suponiendose que se liquida en dos pagos iguales, se realizarian dos registros contables como sigue:

-6-
c/o Acreedores diversos (Arrendadora X) $ 117,500.00
c/r Clientes (Arrendadora X) $ 117,500.00

c/o IVA acreditable $ 16,206.90 (IVA proporcional pagado)
c/o IVA pendiente por acreditar $ 16,206.90

Si se logra observar los anteriores asientos con cuentas T se lograra comprenderse cada movimiento y saldo por cada paso que se va efectuando.
 
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enrique9727
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