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Autor | Mensaje |
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Tópico: monto no permitido al pagar impuestos por pago referenciado | |
CP_JAAC Mensajes: 5 |
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Hola Okdas, es problema del banco, no se cual manejes, pero tienes que entrar a la configuración de tus cuentas autorizadas para pago (en este caso impuestos federales) ya que debe tener un monto asignado inferiror a lo que quieres pagar y aumentarlo. Slds. | |
Tópico: LOS CONTRIBUYENTES QUE TENGAN INGRESOS MENORES A 250000, PODRAN SEGUIR FACTURARNDO EL CBB DE ACUERDO A ESTE A ARTICULO.. | |
CP_JAAC Mensajes: 34 |
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Asi es colegas, la resolución permite seguir usando los folios que ya se han autorizado (o se autoricen durante 2013 con la ley vigente) A partir de 2014 si tuviste ingresos mayores a 250,000 en 2013 o si se terminan tus folios y TODOS los nuevos contribuyentes tendrán que usar el CFDI. Igual se permitió seguir usando las facturas de impresor autorizado en papel en el cambio anterior. | |
Tópico: APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPITAL | |
CP_JAAC Mensajes: 7 |
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Hola, la cuenta de 'aportaciones para futuros aumentos de capital' hasta donde tengo entendido solo se crea con recursos en efectivo, aquí lo interesante sería saber que piensan hacer cuando el inventario se venda, la persona física va a recuperar su dinero? o lo va a capitalizar?? ya que si es la primera opción, en realidad no veo la diferencia entre dejar el saldo en proveedores o acreedores en lugar de aportaciones par aumentos de capital... ya que cualquiera de ella representa un pasivo de la sociedad que se liquidará cuando se venda el inventario Saludos. | |
Tópico: DUDA :BAJA INTERMEDIO | |
CP_JAAC Mensajes: 2 |
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Buenas tardes, el aviso que puedes dar no es de baja, si no de suspensión de actividades, el cual es independiente de los adeudos que tengas con IMSS e INFONAVIT ya que estos se derivan de los trabajadores que tengas dados de alta, así que para lo que quieres hacer yo te recomiendo que (si los tienes) des la baja de los trabajadores ante el IMSS (para ello tomando en cuenta siempre los aspectos laborales que ello implica) y dar el aviso de suspensión de actividades en Régimen Intermedio, cumpliendo con el pago de impuestos hasta le fecha del aviso y presentando la declaración anual del ejercicio. Saludos. | |
Tópico: Plazo para devoluciones automaticas 2013 | |
CP_JAAC Mensajes: 9 |
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Correcto, a mi me pasó con varias devoluciones automáticas que me salía 'no existe información' y se tardaron muchísimo tiempo en publicar la resolución, la cual a final de cuentas marcaba 'inconsistencias' pero dando como fecha de la resolución solo unos pocos días después de presentada la declaración !!.. lo cual me parece hacen mañosamente para retrasar que se presenten las solicitudes manuales. Saludos | |
Tópico: Plazo para devoluciones automaticas 2013 | |
CP_JAAC Mensajes: 9 |
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Hola, han consultado el status de sus devoluciones en la página del SAT?? porque normalmente aparece ahí la información, antes de que envíen algún papel. Puede ser que aparezca como 'en revisión' cuando todavía no se define si procede o no, o cuando ya la aprobaron como 'pago en trámite', o si fuera el caso de tener inconsistencias, el listado de ellas. Aquí les dejo el link para consulta https://www.consulta.sat.gob.mx/_mem_bin/FormsLogin.asp?/NED_EXTERNA/ Saludos | |
Tópico: DEVOLUCION NEGADA POR SEGUNDA OCASIÓN | |
CP_JAAC Mensajes: 3 |
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Buenas tardes a todos los colegas del foro, quisiera me pudieran dar su opinión respecto a una devolución de ISR anual, que fue solicitado a través del Formato electrónico de devoluciones y por el cual el SAT emitió un requerimiento al contribuyente, solicitando cierta documentación original (que ya se había adjuntado en la solicitud) y que el contribuyente por descuido no atendió en tiempo, por lo cuál es SAT tomó por desistida la devolución. Se procedió entonces a enviar un nuevo trámite de devolución (obvio basada en la misma declaración en la que se genero el saldo a favor y adjuntando la misma documentación) esperando llegará un nuevo requerimiento para atenderlo en tiempo y forma, sin embargo el SAT emite una resolución a través de la 'consulta' en su página de internet 'Desistimiento por incumplimiento a requerimiento' sin que efectivamente hubiera enviado un nuevo requerimiento, sino tomando solo como fundamento el requerimiento no atendió de la primera solicitud. No sé si alguno de ustedes habrá tenido un caso similar. ¿Tendrá algún fundamento el SAT para negar la 2a. solicitud? Como una opción para este caso, se me ocurre presentar una declaración complementaria del ejercicio, disminuyendo 'unos pesos' el saldo a favor y presentar nuevamente solicitud de devolución. Les agradezco sus valiosos comentarios. | |
Tópico: Colegiaturas escolares serán deducibles de impuestos | |
CP_JAAC Mensajes: 35 |
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Es correcto LOBOZAC esperemos que los señores del SAT recapaciten y permitan que no solo sea deducible para ISR sino también para IETU, aunque lo veo dificil ya que no ha ocurrido con las deducciones personales. | |
Tópico: Colegiaturas escolares serán deducibles de impuestos | |
CP_JAAC Mensajes: 35 |
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Dos cosas , la condiciionante del salario mínimo es (al igual que en deduciiones personales) respecto a la persona que se beneficia del pago de las colegiaturas, es decir debe ser mi dependiente económico, si mi hijo de 20 años que trabaja y estudia el bachillerato tiene ingresos mayores al salario mínimo, en caso de que yo le pagará la colegiatura, no sería deducible. Cual será el beneficio real para los contribuyentes que tambíen pagan IETU, ya que si el ISR del ejercicio es menor debido a la deducción del pago de colegituras, por ende el IETU será mayor (ya que acredito menos ISR) Bueno a final de cuentas, aunque escueto, es un beneficio...que antes no estaba. Saludos!! | |
Tópico: DIM IVA ANUAL.......SI o NO SE PRESENTA ? | |
CP_JAAC Mensajes: 60 |
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Y cual es su opinon acerca de esta facilidad administrativa que si está publicada en el DOF [b]DECRETO por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria. 30/jun/2010[/b] ARTÍCULO SEGUNDO.- Los contribuyentes del impuesto al valor agregado y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, [color=red]podrán optar por no presentar la información a que se refiere el artículo 32, fracción VII[/color] de dicha Ley, en las declaraciones del impuesto sobre la renta, [color=red]siempre que cumplan con la obligación de presentar mensualmente la información a que se refiere la fracción VIII del citado artículo 32[/color] ES EL DIM UNA DECLARACIÓN DE ISR EN LA QUE SE SOLICITA INFORMACIÓN DE IVA?...EL DIMM DE CLIENTES Y PROVEEDORES LO ES? |