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Tópico: DEVOLUCION
FERNANDO25

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 02, 2014 14:35:37 Asunto: Re: DEVOLUCION
gracias por sus comentarios. ya hablamos a infonavit y nos dijeron que por que un dato estaba mal en la afore y nos mandaraon a corregirlo, y tambien nos pidieron la constancoa del rfc, y en la afore nos tardan 10 dias habiles para corregir la curp que es la que esta mal y los datos de los intereses no estaban cargados en el sat los capturamos. y otra situacion el contribuyente tiene dos creditos hipotecarios y declara el importe mayor de intereses, por ejemplo en la decalracion 2012 dedujo los intereses del credito bancario y si le regresaron el saldo a favor y en 2013 declaro credito infonavit por que los intereses deducibles fueron mayores. tendra que ver. de antemano muchas gracias
Tópico: DEVOLUCION
FERNANDO25

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 02, 2014 12:34:34 Asunto: DEVOLUCION
Hola, resulta que solicite la devolucion automatica de un saldo a favor derivado de intereses pagados de un credito hipotecario de infonavit y el sat me lo niega argumentando que no conciden las cantidades de su base de datos con los que se declararon, y me solicita que tramite la devolucion por el portal del sat y require ver la constancia de intereses pagados. ya cheque los datos y si corresponden a la constancia, pero infonavit, no puso en la constancia el rfc del contribuyente en ese espacio puso un rfc generico.¿sera ese el motivo para que me niegen la devolucion y si asi fuera, que debo hacer? de antemano gracias por su ayuda
Tópico: DECLARACION COMPLEMENTARIA
FERNANDO25

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 23, 2014 14:49:16 Asunto: Re: DECLARACION COMPLEMENTARIA
Es un credito Hipotecario (casa habitacion) gracias por sus comentarios
Tópico: DECLARACION COMPLEMENTARIA
FERNANDO25

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 23, 2014 09:57:40 Asunto: DECLARACION COMPLEMENTARIA
Hola buenos dias a todos, resulta que un asalariado presento su declaracion anual 2013 y se le olvido declarar los intereses reales deducibles, entonces pretende presentaro una complementaria para declarar dichos intereses pero en las opciones que el declarasat tiene de complenetaria son tres conceptos: *Dejar sin efecto obligacion *Modificacion de obligaciones *Obligacion no presentada Mi duda es cual opcion aplicar para la presentacion de la complementaria? De antemano gracias por su ayuda
Tópico: DECLARACION ANUAL
FERNANDO25

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 12, 2014 20:48:14 Asunto: Re: DECLARACION ANUAL
entonces quiere decir que la presentacion en el formato de asalariados 2013 unicamente es para que la devolucion sea en 5 dias y en declarasat 2013 incluso puedes usarlo aunque nada mas se tengan ingresos por sueldos y salarios pero la devolucion es en 45 dias. gracias por su ayuda.
Tópico: DECLARACION ANUAL
FERNANDO25

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 12, 2014 15:05:13 Asunto: DECLARACION ANUAL
Hola, buenas tardes a todos, existen dos formas de presentar la declaracion anual, segun el portal del sat: una es la de asalariados 2013 (con unicamente ingresos por salarios y que te regresan el saldo a favor en 5 dias) y el declarasat 2013 en linea o fuera de linea, en este caso yo la presente de declarasat 2013 en linea derivado que tube ingresos por salarios e intereses pero opte por no declarar los intereses, mi duda es si utilice la forma adecuada? de antemano gracias a todos
Tópico: PRIMA DOMINICAL
FERNANDO25

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Mayo 12, 2014 09:35:17 Asunto: Re: PRIMA DOMINICAL
Estoy de acuerdo contigo, muchas gracias por tu comentario
Tópico: PRIMA DOMINICAL
FERNANDO25

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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Mayo 09, 2014 11:52:30 Asunto: PRIMA DOMINICAL
Hola buenso dias, Cuando un trabajador labora desde el domingo a las 10:00 pm y su horario termina el lunes, o sea que nada mas labora dos horas el domingo, tiene derecho al 100% de la prima dominical o a la parte proporcional? de antemano gracias por su ayuda
Tópico: METLIFE
FERNANDO25

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 29, 2014 08:58:54 Asunto: Re: METLIFE
Les envio una jurisprudencia para sus comentraios Época: Octava Época Registro: 206092 Instancia: Pleno Tipo de Tesis: Jurisprudencia Fuente: Semanario Judicial de la Federación Tomo I, Primera Parte-1, Enero-Junio de 1988 Materia(s): Constitucional Tesis: P. 1 Página: 162 RENTA. EL ARTICULO 80 DE LA LEY RELATIVA, EN CUANTO A LA TASA ADICIONAL, VIOLA EL ARTICULO 31 FRACCION IV CONSTITUCIONAL. (D.O. 31-XII-1985). El artículo 80 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 1985, en cuanto previene una tasa adicional, viola la garantía de equidad fiscal, establecida por la fracción IV del artículo 31 constitucional, pues determina que están obligadas a pagar la referida tasa las personas físicas asalariadas, causantes del impuesto sobre la renta, que realicen pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto anual, y no obliga a cubrir esa carga adicional a otras personas físicas contribuyentes del mismo impuesto sobre la renta, en razón de que pagan de manera definitiva el propio impuesto, como son las que reciben ingresos por dividendos, por intereses de valores de renta fija o de depósito en instituciones de crédito a la tasa alta o por premios derivados de loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y concursos (artículo 11 y capítulos VII, VIII y IX del Título IV de la ley relativa). Se infiere de lo anterior que si a los causantes sujetos a pago definitivo del impuesto sobre la renta no se les aplica por esta razón la tasa adicional, que establece el artículo 80, es incuestionable que este gravamen resulta inequitativo por cuanto que no es aplicable a todas las personas físicas sujetas al impuesto sobre la renta, sino a quienes obtuvieron ingresos por la prestación de servicios personales subordinados y que efectuaron pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto anual y, asimismo, de conformidad con otros numerales contenidos en el aludido título IV de la ley de la materia, a las personas físicas que percibieron ingresos provenientes de la prestación de un servicio personal independiente, de arrendamiento de inmuebles, de la enajenación de bienes inmuebles y de actividades empresariales. De este modo, la diferencia o desigualdad en el tratamiento a uno y otro grupo de causantes es notoria, pues a pesar de que todas son personas físicas contribuyentes del impuesto sobre la renta por la obtención de ingresos, sólo unos soportan la carga tributaria adicional y otros se encuentran eximidos de tal obligación, contraviniéndose el principio de equidad fiscal. Amparo en revisión 7065/86. Manuel Robleda González de Castilla y coagraviados. 8 de septiembre de 1987. Mayoría de diecisiete votos de los señores Ministros: de Silva Nava, López Contreras, Cuevas Mantecón, Alba Leyva, Azuela Güitrón, Fernández Doblado, Pavón Vasconcelos, Adato Green, Martínez Delgado, Gutiérrez de Velasco, González Martínez, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, Suárez Torres, Díaz Romero, Schmill Ordóñez y presidente del Río Rodríguez, en contra del voto del señor Ministro Díaz Infante. Ponente: Ulises Schmill Ordóñez. Secretaria: Martha Moyao Núñez. Séptima Epoca, Volúmenes 217-228, Primera Parte, página 47. Amparo en revisión 5069/86. Luis Silverio Garza Salinas. 22 de septiembre de 1987. Mayoría de quince votos de los señores Ministros: de Silva Nava, López Contreras, Alba Leyva, Azuela Güitrón, Fernández Doblado, Pavón Vasconcelos, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gutiérrez de Velasco, González Martínez, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, Suárez Torres, Schmill Ordóñez y presidente del Río Rodríguez, en contra del voto de: Díaz Infante y Adato Green. Ponente: Santiago Rodríguez Roldán. Secretario: Roberto Terrazas Salgado. Amparo en revisión 6015/86. Juan Jorda Raich y coagraviados. 1o. de marzo de 1988. Unanimidad de diecinueve votos de los señores Ministros: de Silva Nava, López Contreras, Alba Leyva, Azuela Güitrón, Castañón León, Fernández Doblado, Pavón Vasconcelos, Adato Green, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gutiérrez de Velasco, González Martínez, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, Suárez Torres, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero, Schmill Ordóñez, y presidente en funciones Cuevas Mantecón. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Enrique Alberto Durán Martínez. Amparo en revisión 4758/86. Jorge L. Garza Herrera. 22 de marzo de 1988. Unanimidad de diecinueve votos de los señores Ministros de Silva Nava, López Contreras, Cuevas Mantecón, Alba Leyva, Azuela Güitrón, Castañón León, Fernández Doblado, Pavón Vasconcelos, Adato Green, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gutiérrez de Velasco, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, Suárez Torres, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero, Schmill Ordóñez y presidente del Río Rodríguez. Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez. Secretario: Roberto Caletti Treviño. Amparo en revisión 5087/86. Jorge Luis Garza Garza. 16 de febrero de 1988. Unanimidad de veintiún votos de los señores Ministros: de Silva Nava, López Contreras, Cuevas Mantecón, Alba Leyva, Azuela Güitrón, Castañón León, Díaz Infante, Fernández Doblado, Pavón Vasconcelos, Adato Green, Rodríguez Roldán, Martínez Delgado, Gutiérrez de Velasco, González Martínez, Villagordoa Lozano, Moreno Flores, Suárez Torres, Chapital Gutiérrez, Díaz Romero, Schmill Ordóñez y presidente del Río Rodríguez. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretario: J. Antonio García Guillén. Texto de la tesis aprobado por el Tribunal en Pleno el veintitrés de junio de mil novecientos ochenta y ocho. Unanimidad de veintiún votos de los señores ministros: Presidente Carlos del Río Rodríguez, Carlos de Silva Nava, Felipe López Contreras, Raúl Cuevas Mantecón, Samuel Alba Leyva, Mariano Azuela Güitrón, Noé Castañón León, Ernesto Díaz Infante, Luis Fernández Doblado, Francisco H. Pavón Vasconcelos, Victoria Adato Green, Santiago Rodríguez Roldán, José Martínez Delgado, Manuel Gutiérrez de Velasco, Atanasio González Martínez, José Manuel Villagordoa Lozano, Fausta Moreno Flores, Angel Suárez Torres, Sergio Hugo Chapital Gutiérrez, Juan Díaz Romero y Ulises Schmill Ordóñez.
Tópico: PAGO EN PARCIALIDADES
FERNANDO25

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Abril 29, 2014 08:36:27 Asunto: Re: PAGO EN PARCIALIDADES
en el declarasat 2013, ya pude ingresar al pago en parcialidades, gracias

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