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Tópico: PAGOS A CELULARES-IVA ACREDITABLE?
tereso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: PAGOS A CELULARES-IVA ACREDITABLE?
POR LEY SÓLO DEBES DE PAGAR EL GASTO QUE EFECTUÉS Y NO TODA LA FACTURA, SI TU PAGAS SÓLO UNA PARTE, TE DEBEN EXPEDIR RECIBO SIMPLIFICADO POR ESA PARTE QUE TU HAS PAGADO Y EN CELULARES, NO CREO QUE HAGAN ESO, TE DAN LA FACTURA POR EL MONTO TOTAL Y TU PAGAS EL TOTAL, EL TOTAL QUE PAGAS ES EL TOTAL DEL IVA ACREDITABLE. GRACIAS.
Tópico: MEJOR REGIMEN
tereso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: MEJOR REGIMEN
Régimen simplificado igualmente para persona moral no hay más, pero yo tengo una duda ¿y si es persona física?, ¿deberá usar el régimen para persona moral, con sus mismas reglas, no lo creo? Gracias.
Tópico: Pregunta
tereso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: Pregunta
Tengo la suficiente educación para contestarte que eso pasa en las mejores empresas, Coca o dónde sea y si no te agarran de otro tontito por honorarios mi querido amigo, es lo mismo, así que no creo ser tan tontin, porque habemos millones de gente así, gracias. Y si lo único que te queda es la agresión, pues que actitud más infantil. Si tienes madurez contéstame pero sin ofender, seriamente. Atte: Tereso Go.
Tópico: Pregunta
tereso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: Pregunta
¿No sé puede aducir que las cartas se vuelven viejas y el papel amarillo?, o algo así, porque ese foro no lo leí, me puedes ampliar un poco más la información
Tópico: Pregunta
tereso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Pregunta
Disculpen, aquí estoy de nuevo para hacerles una pregunta, un trabajador firma su carta de renuncia al entrar a laborar, es esto correcto y legalmente tiene algún efecto, por la atención recibida, gracias. Atte: Tereso Go. p.d. ¿Ya ven que no sólo digo bobaditas? A ver si alguien tiene el valor de responderme
Tópico: duda sobre como integrar las variables
tereso

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: duda sobre como integrar las variables
[quote:299bed8889="lcgabrielaranda"][quote:299bed8889="Eleazar_oa"]de acuerdo con todos en que ya no pasa nada, solo tendrian efecto si el trabajador fuera reincorporado, es decir, [u:299bed8889]lo volvieras a contratar en tal caso tendrias que calcular e incluir estas variables en su nuevo SDI[/u:299bed8889][/quote:299bed8889] difiero un poco de tu comentario ya que tu pudieras alegar que como termino relaciones (ART 46 LFT) tambien terminaron todas las obligaciones o derechos con la misma empresa,(es decir borron y cuenta nueva) por lo tanto de aqui en adelante tu no conocieras que variables tendrias para que cotice en su SBC. Un ejemplo si tu lo das de baja en 28/04/2005(como se comenton en principio) y lo vuelves a reingresar en 18/11/2005 le pondrias las misma variables que tuvo en MARZO y ABRIL como si hubiera trabajado en SEP y OCT? REcuerda el art 30 LIMSS fracc II es muy claro al afirmar: Artículo 30 Para determinar el salario diario base de cotización se estará a lo siguiente: II.- Si por la naturaleza del trabajo, el salario se integra con elementos variables que no puedan ser previamente conocidos, [u:299bed8889][i:299bed8889]se sumarán los ingresos totales percibidos durante los dos meses inmediatos anteriores y se dividirán entre el número de días de salario devengado en ese período[/i:299bed8889][/u:299bed8889]. [i:299bed8889][u:299bed8889]Si se trata de un [color=red:299bed8889]trabajador de nuevo ingreso, se tomará el salario probable [/color:299bed8889]que le corresponda en dicho período, y[/u:299bed8889][/i:299bed8889] saludos[/quote:299bed8889] Bueno mi único comentario para que vean que no sólo comento tonterias es que son los últimos dos meses anteriores, si la relación terminará ahora y entre en 3 o 4 meses, pues no tendrían efectos esas variables, ya que no son los dos meses anteriores.
Tópico: decreto hacienda
tereso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: decreto hacienda
Al parecer los funcionarios públicos del SAT y la SHCP necesitan sentirse respaldados también, ya que iniciaron el proceso para contratar “Pólizas de Seguro de Responsabilidad de Funcionarios Públicos”. El procedimiento de licitación para la contratación de los servicios fue solicitado por la Administración Central de Recursos Humanos de la Administración General de Innovación y Calidad de “EL SAT” y por la Dirección General de Recursos Humanos de la “SHCP”, aunque nunca se da a conocer la razón, ya se podrán imaginar que el objetivo es respaldar los daños ocasionados a los ciudadanos por, llamémoslo “errores” en el desempeño de sus funciones. Básicamente la póliza deberá cubrir la Responsabilidad patrimonial de los funcionarios por daños a terceros y por otras reclamaciones, diferentes a daños a terceros. Las coberturas incluyen además los Gastos de defensa y el Servicio de Asistencia Legal. :twisted: ¿Te ayuda?, gracias. Tereso Go.
Tópico: EXCLUSION GENERAL SE APLICA O NO?
tereso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: EXCLUSION GENERAL SE APLICA O NO?
Ya, ya estuvo bien de tantas opiniones a este tema ¿no?, no aplica y punto para este año, por favor atiendan tópicos más importantes como el mio en el que les menciono la importancia de la ortografía y la redacción, gracias.
Tópico: Saludos
tereso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Re: Saludos
Muchas gracias amigo, y disculpa mi gran error. Atte: Tereso Go.
Tópico: Saludos
tereso

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 25, 2005 Asunto: Saludos
Un fuerte saludo y una pequeña duda si alguien me puede responder, hay dos trabajadores en mi empresa, uno con sueldo de 15,000 y otro de salario mínimo, mi pregunta es ¿al de salario mínimo se le debe retener seguro social? y ¿hasta cuántos salarios mínimos puede cotizar el de 15,000? Gracias.

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