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| Autor | Mensaje |
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| Tópico: ANEXO 18 DEL DICTAMEN FISCAL | |
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fantastu Mensajes: 4 |
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| Sí, el inventario acumulable debe incluirse en el Anexo 18 “Conciliación entre los ingresos dictaminados según estado de resultados y los acumulados para efectos del ISR [url=https://geometrylite.io]Geometry Dash[/url]”, ya que forma parte de los ajustes fiscales que modifican el resultado contable para determinar la base gravable del Impuesto sobre la Renta (ISR). [i]Editado: Noviembre 10, 2025 02:16:11[/i] | |
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