Estoy a punto de poner en marcha una barbería. Lo que he notado es que en muchas, los barberos no tienen un contrato y no perciben un sueldo. Trabajan mas o menos como comisionistas, incluso hay barberias en donde les rentan el espacio a los barberos. Hasta que punto esto es legal?
Que tipo de contrato debo formalizar con los barberos?
En el caso de ser por comision, estoy obligado a inscribirlos en el IMSS? Como compruebo el pago a los barberos?
En caso de los barberos comisionistas puedse tener un contrato bajo el Regimen de Asimilados a Salarios. Solo les retienes el ISR y lo enteras. Este tipo de contrato no crea Obligaciones laborales y por tanto no es obligatorio inscribirlos en el IMSS. Solo cerciorate que la relacion que tengas con ellos encaje con lo que estipula la Ley.
Son valido tanto el contrato por comisiones como el de uno laboral.
Defina que objeto se desea llevar a cabo. Pues cada contrato esta diseñado a fines distintos, y por ende a responsabilidades (obligaciones) distintas.
El laboral esta regido por la LFT. El de comisionista pudiera ser por una ley civil y en algunas ocasiones por las leyes mercantiles.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?