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30/Ene/12 23:40
Re: AYUDA PARA GASTOS DE FUNERAL

:neutral: Buenas noches. Quiero entender amigo JLee: Ustedes supieron del fallecimiento y no lo habian dado de baja. Ustedes enviaron la baja, digamos el dia 9 de diciembre y le pusieron la fecha del 6 porque fue el ultimo dia laborado. Usted actuó de forma correcta. Lo irregular (que tampoco se hubiera catalogado de inmoral), es que sabiendo la fecha del deceso y sabiendo que no estaba dado de baja, con tal de ayudar a los deudos, lo hubieran dado de baja con fecha 7 (del fallecimiento).

Salu2,
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pepesoto
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31/Ene/12 09:09
Re: AYUDA PARA GASTOS DE FUNERAL

Siempre todos queremos evadir las responsabilidades y luego hasta nos alcanza para 'ayudar' a los demas.

Es importante en este caso en particular CUANDO SE PRENSENTA GENIUNAMENTE UNA TERMINACION DE LA RELACION LABORAL:

El art 53 LFT marca claramente cuando procede aplicarse una terminación laboral y jamas se expresa que el aviso del IMSS represente esta figura juridica. Solo se da por los eventos señalados en sus fracciones.

1.- Se da la terminacion laboral el dia 6, donde AMBAS parte asi la acuerdan ante la Junta. A partir de este momento, las partes dejaron de serlo y por lo tanto, las responsabilidad que se tenían quedan sin efectos juridicos y da fe la autoridad.
El dia 7 fallece la persona que fungia como trabajador, ya no lo es, tampoco procede ser afiliada al Seguro Social, la fecha del aviso por la baja, es un documento que se produce por la consecuencia, no es este ultimo mediante el cual se genera la terminacion laboral. el sustento juridico esta en el 4o y el Art 53 fraccion I o en su caso el Art 53 fraccion III

2.- Si no se da la baja en mutuo acuerdo como antes se señalo, entonce cuando fallece el trabajador, en ese momento procede dar como terminada la relacion laboral. Fundamentandose lo anterior en la causal del Art 53, fraccion II

¿Desde cuando vale como primicia el aplicar un aviso de baja primero que el evento descrito en la LFT?

Incluso en LSS se menciona claramente que se presente un AVISO, es decir, a consecuencia del evento se comunica al responsable solidario de la seguridad social, con el fin de que en este caso, desobligarlo conforme a derecho. Y no se trata de estarse safando de responsabilidades para 'quedar bien' como patron, y asi embaucar a la autoridad. Esto es el equivalente de saludar con sombrero ajeno, algo antietico.

La obligacion del patron siempre es terminar con las comprobaciones de los eventos, en este caso el conseguir el documento que implique que se termino la relacion laboral. De lo contrario continua obligado o consecuencias juridicas que le atañen al contrato.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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31/Ene/12 09:26
Re: AYUDA PARA GASTOS DE FUNERAL

Aqui se acostumbra entregar todo los finiquitos ante la junta de conciliacion y arbitraje, se levanta el escrito donde queda asentado, que el trabajador firma de conformidad.

Ya sea por despido, recorte o renuncia voluntaria, se les se entrega el cheque en la junta de conciliacion y arbitraje.

Saludos.
 
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jleeglz
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31/Ene/12 22:13
Re: AYUDA PARA GASTOS DE FUNERAL

Hola buenas noches:

Entonces ese escrito ES EL CONVENIO, el mismo es ratificado por la junta y esto representa la fraccion I del Art 53. La terminación laboral conforme EN MUTUO ACUERDO ¿Cual acuerdo? El que se manifesto en el escrito (convenio). En ese momento habria terminado la relacion laboral, y entonces ya procede el aviso al IMSS por baja.

No es por nada que los abogados sugieran que se proceda con el orden anterior, si se desea un exito en algun litigo.
 
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enrique9727
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01/Feb/12 00:09
Re: AYUDA PARA GASTOS DE FUNERAL

:neutral: Buenas noches JLee: Ya para dar x mi parte terminado el tópico, me gustaría saber cuál fue el motivo de la baja... Gracias anticipadas x su respuesta.

El Lic.


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pepesoto
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02/Feb/12 12:48
Re: AYUDA PARA GASTOS DE FUNERAL

El motivo de la baja además se especifico la causa fue por defunciòn aqui el detalle fue la fecha que no se corrovoro efectivamente.


Saludos.
 
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jleeglz
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03/Feb/12 01:04
Re: AYUDA PARA GASTOS DE FUNERAL

:neutral: Buenas noches JLee: Ese fue el motivo de la baja en el aviso del seguro social. En cuanto a lo laboral, cuál fue la causa...??


El Lic.

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04/Feb/12 03:32
Re: AYUDA PARA GASTOS DE FUNERAL

muestra muchas contradicciones y graves. 'Fecha no corrvorada' y 'una terminacion laboral medio en el aire',

ahora que no comprendo porque el IMSS realiza una consulta por si fuese correcto el procedimiento del aviso por una baja. Pero bueno, eso ya no me corresponde enteder, si los interesados
 
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enrique9727
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04/Feb/12 13:59
Re: AYUDA PARA GASTOS DE FUNERAL

Lic. Pepe Soto:

el motivo de la baja laboral fue por lo mismo por fallecimiento, no hubo otro, el trabajador no le hubiese dado una hemorragia cerebral es lo que indica la causa de su fallecimiento, el seguiria laborando con nosotros.

En lo personal nunca me ha tocado un caso de estos, pero con la experiencia de este, se tomaran las medidas necesarias.

Saludos a todos y que tengan un buen fin de semana.
 
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jleeglz
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06/Feb/12 05:44
Re: AYUDA PARA GASTOS DE FUNERAL

siguen sin checar los antecedentes y cada vez se ven mas fuera del lugar...
 
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enrique9727
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