21/Feb/08 12:18
buenos dias, por favor quiero que me saquen de la duda, cuando se incapacita a un trabajador los primeros tres dias se pagan por cuenta del patron o el IMSS los cubre
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golita
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21/Feb/08 12:31
Por enfermedad general. NO los paga el IMSS.
En caso que exista, contrato de trabajo, donde se especifica, que hacer.
Pudiera ser, que se obligue al patron a pagar esos 3 dias
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
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vabdo
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21/Feb/08 15:19
Re: INCAPACIDADES DEL IMSS
vavdo, muchas gracias por la informacion proporcionada
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golita
Soldado
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21/Feb/08 21:00
Re: INCAPACIDADES DEL IMSS
Aprovechando el tópico (perdón).
Si las incacidades (por enfermedad general) son ininterrumpidas (un lapso de dos o tres días), se inicia nuevamente el plazo de los tres días ??
Gracias.
Saludos.
¡¡ SOLI DEI GLORIA !!
(Frase en latín) ¡ Solo a Dios la Gloria !
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cp_pavon
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22/Feb/08 10:20
INCAPACIDADES DEL IMSS
[color=darkblue:29599c921c][/color:29599c921c]Buen dia, contestando la duda el cp_pavon, la respuesta es si, si no coiciden las fecha y se desfasan las fechas hasta donde me he tocado como experiencia si, cuando va a cobrar la incapacidad no se cubren los tres primeros dias, ahi tambien si es error en fechas por mal calculo de dias y si es continuacion de la misma incapacidad inicial, no conozco cual seria el procedimiento para enlazar las incapacidades para que se cubran los dias que se desfazaron, si alquien tiene la informacion le agradeceria infomara el procedimiento para recuperarlos, esperamos mas comentario
C.P.C. O DE LOZA
Un hombre sabio siempre piensa lo que dice y nunca dice lo que piensa.
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DeLoza
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22/Feb/08 21:38
Re: INCAPACIDADES DEL IMSS
:| Buenas noches. El lapso de los 3 dias unicamente son por los primeros 3 dias de una unica enfermedad. Es decir, si la primera incapacidad es de 2 dias... pasan dias y le extienden otra por dos dias del mismo padecimiento, se acumula y entonces el imss solo le pagaria el 60% del SBC x un solo dia (el cuarto).
Salutes,
El Lic.
=8/
¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
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pepesoto
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23/Feb/08 12:41
Re: INCAPACIDADES DEL IMSS
Buen día.
Gracias DeLoza y Lic. Pepesoto, por sus respuestas.
Lic Pepesoto una molestia. me podría dar el fundamento.
Gracias nuevamente
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cp_pavon
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23/Feb/08 12:57
Re: INCAPACIDADES DEL IMSS
buenos dias, por favor quiero que me saquen de la duda, [color=green:11b60f2a04]cuando se [/color:11b60f2a04][/b:11b60f2a04][color=green:11b60f2a04]incapacita a un trabajador[/color:11b60f2a04] los primeros tres dias se pagan [b:11b60f2a04][color=blue:11b60f2a04]por cuenta del patron [/color:11b60f2a04][/b:11b60f2a04]o [b:11b60f2a04][color=indigo:11b60f2a04]el IMSS los cubre[/color:11b60f2a04][/b:11b60f2a04]
[b:11b60f2a04][color=green:11b60f2a04]Incapacitado = NO TRABAJA... es incapaz de trabajar.... SI TRABAJO.. donde esta su incapacidad... se esta haciendo pato.
Arts 42 F-II, 43, 44 y 45 LFT
[/color:11b60f2a04][/b:11b60f2a04]
[b:11b60f2a04][color=blue:11b60f2a04]Entonces para qué pagaria el patron, las cuotas... de eso se trata que cuando se enferma o se accidenta el trabajador, el patron ya no pague.
Si el colaborador no trabaja.... por que el patron debe cubrir remuneraciones... si no trabaja. Es contrato laboral conforme a un servicio subordinado que efectivamente se presta.
Arts 42 F-II, 43, 44 y 45 LFT
Art 31 LSS
[/color:11b60f2a04][/b:11b60f2a04]
[b:11b60f2a04][color=indigo:11b60f2a04]Efectivamente, los cubriria el IMSS.... pero los 3 primeros dias no le corresponde cubrirlo, en caso de enfermedad.
Art 20, 98 LSS
[/color:11b60f2a04]
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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24/Feb/08 23:09
Re: INCAPACIDADES DEL IMSS
[quote:9efcc0478d="cp_pavon"]`...
Lic Pepesoto una molestia. me podría dar el fundamento...[/quote:9efcc0478d]
:| Buenas noches. No es ninguna molestia. Art. 96 de la LSS.
Saltes,
El Lic.
=8/
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pepesoto
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27/Feb/08 16:29
Re: INCAPACIDADES DEL IMSS
Gracias. Lic. por su aportación.
Saludos.
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cp_pavon
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