14/Feb/08 13:43
Colegas buenas tardes, alguno de ustedes me podria ayudar para saber cuanto le daria el IMSS a un trabajador que perdio un dedo en su trabajo.
lo que pasa es que dicho trabajador, no estaba registrado en el IMSS, por lo que el patron le cubrira la pension que le corresponderia segun el IMSS.
espero ver sido claro en mi pregunta, me quedo esperando su respuesta, saludos
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OSCAR_ITO
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14/Feb/08 14:42
Re: PENSION IMSS
Checate la ley federal del trabajo, ahi establece los porcentajes correspondientes para cada parte del cuerpo humano.
El patrón le va a pagar de por vida su pensión mensualmente????
Saludos :P
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juancarm
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14/Feb/08 14:58
Re: PENSION IMSS
[color=darkblue:a4caefe29f][/color:a4caefe29f]HOLA BUENAS TARDES, EN EL CASO DE PERDIDA DE UN PARTE DEL CUERPO EN ESTE CASO EL DE UN DEDO O UNA PARTE O FALANGE DEL DEDO LA LFT CONTEMPLA PAGO UNICO POR PERDIDA DEL MIEMBRO CHECALO SI TIENES DUDA LO COMENTAMOS PERO ES PAGO UNICO NO PENSION
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DeLoza
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14/Feb/08 17:20
Re: PENSION IMSS
Muchas gracias, compañeros del foro, ya estuve leyendo la LFT y en el art. 514 menciona algo al respecto:
en el punto 21, que creo que es el que corresponde al caso este, menciona un porcentaje del 6%.
A que corresponde este 6% ?
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OSCAR_ITO
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14/Feb/08 17:29
Re: PENSION IMSS
Hola OSCAR_ITO :
Hace no mas de dos meses, otra persona puso a la mesa, un topico muy parecido al tuyo, por ahi pusimos varios foristas nuestros puntos de vista, me parecio muy completo para ese momento, te ayudaria buscarlo, te paso la liga:
https://www.fiscalia.com/modules.php?name=Forums&file=search
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Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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14/Feb/08 17:53
Re: PENSION IMSS
Gracias ENRIQUE 9727, lo buscare ya que en la liga no me dice donde
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OSCAR_ITO
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14/Feb/08 18:08
Re: PENSION IMSS
la liga es para que Usted lo busque. Aplique sus habilidades y destrezas.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
General de División
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14/Feb/08 19:30
Re: PENSION IMSS
Muy bien asi lo hare, gracias ENRIQUE 9727
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OSCAR_ITO
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16/Feb/08 19:51
Re: PENSION IMSS
[quote:35da37be81="OSCAR_ITO"]Muchas gracias, compañeros del foro, ya estuve leyendo la LFT y en el art. 514 menciona algo al respecto:
en el punto 21, que creo que es el que corresponde al caso este, menciona un porcentaje del 6%.
A que corresponde este 6% ?[/quote:35da37be81]
6% del sbc al momento de ocurrir el riesgo de trabajo.
Si no estaba dado de alta del salario que tenga multiplica por 6% y lo elevas a 5 años... es la indemnización que le corresponde al trabajador.
¡¡ juntos damos soluciones !!
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Mem
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18/Feb/08 11:27
Respuesta clara y concreta.
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vabdo
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