Lo que pasa es que acabo de dar de alta a un trabajador de semana reducida, mi duda es, si en el cálculo de la nomina se le debe pagar la parte proporcional del septimo día.
Me confundí porque los demás trabajadores se les paga séptimo día y prima dominical, pero en este caso dicha persona solo va a trabajar lunes y martes, entonces le retire la prima dominical, pero no sé si el septimo día lo debo de considerar o no.