Para aclarar los premios de puntualidad y asistencia integran, de la siguiente manera:
Lo que excede del 10% del salario base (el nominal) es lo que integra. aclarando que debes tener separado lo que es puntualidad y asistencia. ya que puedes no integrar 10% de puntualidad (+) 10% de asistencia.
Ojala te sirva mi comentario
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
Para mi el SBC que debes de tomar para desglosar la parte integrable, debe ser el que tiene el trabajador al mometo de que pagas estos conceptos (puntualidad y asistencia) ya que el exedente que vas a integrar formará parte del nuevo SBC.
[color=black:5d36c7ecef][size=16:5d36c7ecef]JC@rlos[/size:5d36c7ecef][/color:5d36c7ecef]
[color=grey:5d36c7ecef]El mayor conocimiento que existe, es conocerse a sí mismo[/color:5d36c7ecef]
Un trabajador gana $ 100.00 diarios este es su salario base
se le da 10% de puntualidad y 10% asistencia, como no estas rebasando el 10% maximo permitido por la ley no tienes que integrar ningun excedente,
si en este caso pagaras 11% de puntualidad y asistencia entonces deberias integrar el excedente del 10% permitido al salario base de cotizacion al IMSS que seria para el calculo (100.00) + (1.00) (excedente) =101.00 de salario base que multiplicado por el factor de integracion de salario te da el salario base de cotizacion (SBC)
1.-Un trabajador gana $ 100.00 diarios este es su salario[i:f9d72ca7c0] Diario [/b:f9d72ca7c0][/i:f9d72ca7c0]se le da 10% de puntualidad y 10% asistencia, como no estas rebasando el 10% maximo permitido por la ley no tienes que integrar ningun excedente,
2.-si en este caso pagaras 11% de puntualidad y asistencia entonces deberias integrar el excedente del 10% permitido al salario base de cotizacion al IMSS que seria para el calculo [i:f9d72ca7c0][b:f9d72ca7c0](100.00) de salario base que multiplicado por el factor de integracion de salario te da el salario base de cotizacion (SBC) + (1.00) (excedente) =SBC [/i:f9d72ca7c0]
saludos
1.-SE SUPONE QUE EL EXCEDENTE SE CALCULA SOBRE EL SBC NO SOBRE EL SALARIO NOMINAL
2.-EL FACTOR DE INTEGRACION SE APLICA SOBRE EL SALARIO NOMINAL Y A ESTO SE LE SUMA EL EXCENDETE DE PUNT Y ASIS
SBC Julio - Agosto 100.00
P.Puntualidad 30% S Nominal = 30.00
P.Asistencia 40% S Nominal = 40.00
No integra:
P.Puntualidad 10.00
P.Asistencia 10.00
Integra para Variables Prox. Bimestre:
P.Puntualidad 20.00
P.Asistencia 30.00
SBC Septiembre - Octubre
Fijo 100.00
Var 50.00 / 62 (dias Salario Devengado) = 0.81
SBC 100.81
[color=black:5d36c7ecef][size=16:5d36c7ecef]JC@rlos[/size:5d36c7ecef][/color:5d36c7ecef]
[color=grey:5d36c7ecef]El mayor conocimiento que existe, es conocerse a sí mismo[/color:5d36c7ecef]