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20/Abr/14 17:23
Asimilado y Sueldos y Salarios

Buen día,

Ocupo realizar mi declaración anual persona física pero tengo algunas inquietudes, espero me puedan apoyar.

Patrón 1: Enero-Marzo Sueldos y Salarios
Patrón 2: Enero-Marzo Asimilado (Diferente al patrón 1)
Patrón 3: Abril-Agosto Sueldos y Salarios
Patrón 4: Sept-Diciembre Sueldos y Salarios

Tuve 4 patrones diferentes durante el ejercicio 2013, por lo cual estoy obligada a realizar mi declaración anual.

Tengo las 4 constancias de retenciones.

Sumé el total de los ingresos de los 4 patrones menos los ingresos exentos de los 4 patrones y apliqué la Tarifa para el cálculo del impuesto correspondiente al ejercicio de 2013. Al resultado le resté las retenciones realizadas por mis 4 patrones y me sale una cantidad a pagar.

Sin embargo, hice los cálculos individuales: para el patrón 1 y 2 utilicé la tabla a marzo, para el patrón 3, utilicé la mensual por 5 meses y para el patrón 4 la mensual por 4 meses. En estos cálculos individuales me sale la retención correcta comparado.

¿A que se debe que al momento de utilizar la tabla anual me sale impuesto a pagar?
¿Debo utilizar otro tratamiento para los ingresos asimilados?

Espero haberme explicado y agradecería su ayuda.

Saludos,
 
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ana1986
Soldado

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20/Abr/14 18:00
Re: Asimilado y Sueldos y Salarios

La diferencia es porque al acumular los ingresos caes en otro rango de la tabla y la tasa es mayor.


Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
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juancarm
Teniente Coronel

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20/Abr/14 22:19
Re: Asimilado y Sueldos y Salarios

Buena noche:

Al efectuar el cálculo por separado, conduce a resultados diferentes, dado que fue determinado a diferentes tasas, recordemos que la tarifa del impuesto de renta es una tarifa progresiva, esto es que entre mayor sean los ingresos mayor será su impuesto, efecto que se esta dando en este caso, al determinar la base para ISR, ya que se están acumulando ingresos de cuatro patrones.

Saludos
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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21/Abr/14 13:32
Re: Asimilado y Sueldos y Salarios

Adicional a lo ya comentado, acertadamente por cierto, por los compañeros Juan Cam y A_Cano, considera la posibilidad de duplicar ingresos exentos, lo que no debe suceder al determinar el ISR anual.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
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21/Abr/14 13:46
Re: Asimilado y Sueldos y Salarios

La fraccion IV del 31 Constitucional marca los principios de PROPORCIONALIDAD y EQUIDAD, como las guisas para el pago de contribuciones por parte de las personas (fisicas PF o morales PM)

El principio de proporcionalidad en especial y solo para las PF tiene dos principios intrinsecos a su vez EL MINIMO EXENTO Y PROGRESIVIDAD. Ambos atiende la proteccion de la sufraccion de derechos sociales: la educacion, la alimentacion, la salud, la vivienda digna, el vestido, etc. Consagrados en el Art 25 de nuestra Carta Magna. El principo de minimo exento se traduce en el no pago de contribucion por ingresos topados conforme lo establece el Art 95 LISR antes 109 LISR 2013 hacia atras. Mientras que el principio de progresividad se establece en la formulacion de tablas que van de manera paulatina incrementandose la PROPORCIONALIDAD de las tasas efectivas de pago de tributos hasta llegar al tope o tasa maxima de la LISR.

En el caso de las personas morales no le es atribuible tener derechos sociales, pues son personas fictas que no requieren de los principios del minimo exento y progresividad, pero sin embargo si le corresponderia la aplicacion del principio de proporcionalidad.

Los 3 principios constitucionales antes referidos, EN LAS PERSONAS FISICAS MANTENDRIAN una aplicacion conjugada y daria por resultado que cuando se acumulan los ingresos, en lugar de dar tasas efectivas fijas sean variables a la alza, es decir a razon una PROGRESIVIDAD. Mas se gana, mas se paga.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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