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17/Mar/14 17:13
Nomina CFDI Enero - Marzo

Buenos dias amigos,

Una Persona moral, opto por no generar recibos de nomina en CFDI, en el periodo de Enero- Marzo.

Me ha quedado claro que a partir del 1 de abril hay que emitir los recibos de nomina en CFDI, y que estos deben emitirse a mas tardar 3 dias despues del pago. Situacion que estuvo en el aire hasta que se publico la regla que espeficico esto, el paso 15 de marzo.

Ahora, mi intencion es presentar un CFDI por mes, por empleado para el periodo de enero -marzo. Pues hasta donde he leido (confieso que no mucho), no existe impedimento para hacerlo de esta manera, por este periodo.

Les agradeceria sus comentarios al respecto.
 
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tlk70
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17/Mar/14 18:40
Re: Nomina CFDI Enero - Marzo

Buena tarde:

Me permito transcribir pregunta extraída de las preguntas del día publicadas en la página del SAT:

10. ¿Cuándo deben los patrones expedir y entregar el recibo de pago de nómina (esquema CFDI) a sus trabajadores?

En la fecha en que se realice el pago del salario, es decir, si el pago es quincenal, el patrón debe expedir el recibo de pago de nómina (CFDI) al momento de hacer el pago de la quincena.

Fundamento legal: Artículos 27, fracción V segundo párrafo y fracción XVIII, primer párrafo, y 99, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta para 2014.

Saludos
 

 
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a_cano
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18/Mar/14 10:16
Re: Nomina CFDI Enero - Marzo

Gracias por la respuesta a_cano:

Me queda claro que a partir de abril, las cosas se deben hacer como lo citas. Agregando que hay un termino de tres dias (creo) posteriores al pago, que otorga un regla publicada el pasado 15 de marzo.

Pero mi pregunta va encaminada a aquellos contribuyentes que optamos por diferir los CFDI en nominas durante enero- marzo. Precisamente por las nominas de ese periodo. Resulta evidente que esos recibos no podrán ser timbrados en los términos establecidos en ley. Mi planteamiento es presentar un CFDI por mes, por trabajador. Incluso un CFDI por ese periodo por trabajador.

Saludos
 
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tlk70
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18/Mar/14 11:10
Re: Nomina CFDI Enero - Marzo



¡Hola!!!

El tiempo se acaba este 31 de Marzo para timbrar tu nómina de Enero a Marzo de 2014, no arriesgues la Deducibilidad tu nómina, todavía estas en tiempo.


¡Saludos!!!

Silvestre®




 
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Silvestre
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18/Mar/14 16:02
Re: Nomina CFDI Enero - Marzo

tlk70, segun analisis de la prodecon es valido lo que mencionas. Te recomiendo leer mucho.


Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
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juancarm
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18/Mar/14 16:03
Re: Nomina CFDI Enero - Marzo

tlk70, segun analisis de la prodecon es valido lo que mencionas. Te recomiendo leer mucho.


Saludos
 
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juancarm
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18/Mar/14 19:39
Re: Nomina CFDI Enero - Marzo

Buenas a todos,

Creo que la misma regla que permite el diferimiento no indica (o infiere) que pueda hacerse de forma distinta al señalado en la ley.



Para los efectos del artículo 29, primer párrafo del CFF, las personas
físicas que en el último ejercicio fiscal declarado hubieran obtenido
para efectos del ISR, ingresos acumulables superiores a $500,000.00,
así como las personas morales del Título II y III de la Ley del ISR
podrán optar por diferir la expedición de CFDI por concepto de las
remuneraciones a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley
del ISR, así como por las retenciones de contribuciones que efectúen
durante el período comprendido del 1 de enero de 2014 al 31 de marzo
del mismo año, siempre que el 1 de abril de 2014 hayan migrado
totalmente al esquema de CFDI y emitido todos los CFDI de cada uno
de los pagos o de las retenciones efectuadas por las que hayan tomado
la opción de diferimiento señalada.

 
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tlk70
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