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28/Oct/13 20:39
actividad vulnerable

Hola buenas noches

tengo la siguiente duda:

yo soy una empresa sa de cv que se dedica a la renta de instalaciones para eventos,fiestas,la mayor parte se renta a los socios.

¿debo inscribirme en el padron de actividades vulnerables? porque esty viendo las 15 act vulnerables y una de ellas se refiere a arrendamiento.

si mi actividad es renta de salones,estoy obligado a inscribirme en el padron?
por lo pronto.

gracias.
 
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marifer
Capitán Segundo

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29/Oct/13 10:50
Re: actividad vulnerable

De entrada el uso o goce de bienes inmuebles es una actividad vulnerable tal cual lo enmarca el 17 de la ley, sin embargo si tus actividades no superan las limitantes, no tienes ibligacion alguna de identificar ni de dar aviso a la secretaria.

Te recomiendo leas a detalle y comentes tus dudas.

Como dato adicional, te comento que la PROFECO obliga a que si tienes y rentas un bien para fiestas o similares tienen que firmar un contrato que ellos te otorgan, y en dado caso que hagas caso omiso y te detecten, las multas son considerables.

Buen dia.
 
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vicentino
Teniente

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29/Oct/13 14:13
Re: actividad vulnerable

Buen dia compañera...

Me permito copiar el siguiente enlace, en el cual se exponen comentarios referentes a tu cuestionamiento:

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=47878&idCat=10


el comentario que te hace el compañero vicentino en su parrafo final es correcto.

Saludos
 
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GOrnelas
Mayor

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30/Oct/13 12:53
Re: actividad vulnerable

hola a todos

gracias por contestar,solo que en ese enlace GOrnelas NO DICE lo que pregunte.

yo quise decir esto, que teniendo una actividad vulnerable, y no tengo operacion por identificar ni el monto acumulado rebasa el limite de los 207,879.60 ¿debo inscribirme en el padron de todas formas¿¿¿

y el periodo a informar seria sin movimientos???

gracias.
 
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marifer
Capitán Segundo

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30/Oct/13 13:28
Re: actividad vulnerable

Buena tarde Marifer:

En este caso, no se considera una actividad vulnerable, en virtud de que ninguna operación llega a la primera cuantía $103,939.80 (1605 VSMDF, Cf. Artículo 17, fracción XV, de la LFPIORPI), por lo tanto, no esta obligado a registrarse al padrón de sujetos que realizan actividades vulnerables.

Saludos
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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31/Oct/13 11:11
Re: actividad vulnerable

hola a todos

gracias por contestar,solo que en ese enlace GOrnelas NO DICE lo que pregunte.

yo quise decir esto, que teniendo una actividad vulnerable, y no tengo operacion por identificar ni el monto acumulado rebasa el limite de los 207,879.60 ¿debo inscribirme en el padron de todas formas¿¿¿

y el periodo a informar seria sin movimientos???

gracias.


Buen dia señorita...

Suponiendo que des la alta:

Que datos pondrás para identificar el acto vulnerable ante la autoridad, si tampoco estas en los supuestos del 17 de ley antilavado????

Saludos
 
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GOrnelas
Mayor

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