21/Mar/12 13:07
Deduccion de Salarios e imss
Hola Estimados foristas:
Les agrdesco si me podrian ayudar en lo siguiente:
Quiero conocer el fundamento legal para deducir parte del gasto por nomina e imss en el calculo del IETU.
La ley me marca que ningun concepto es deducible pero creo que hay algo, saludos
Armando
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armando421
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21/Mar/12 13:19
Re: Deduccion de Salarios e imss
Armando:
'....La ley me marca que ningun concepto es deducible pero creo que hay algo, saludos'
Hola:
Para las aportaciones de seguridad Social y salarios, no se trata de una deducción, se trata de un acreditamiento.
Consulte el Art. 10 6to párrafo LIETU y 8 penúltimo párrafo de la misma Ley.
Salu2!!!
Editado: Marzo 21, 2012 13:40:08
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memoli
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21/Mar/12 13:32
Re: Deduccion de Salarios e imss
Buenos dias/tardes
Amigo forista
Efectivamente los sueldos e imss no son deducibles si quiere dele una repasada al art. 5 y 6 de la ley del ietu
Artículo 5. Los contribuyentes sólo podrán efectuar las deducciones siguientes:
Artículo 6. Las deducciones autorizadas en esta Ley, deberán reunir los siguientes requisitos:
mas sin embargo estos son utiles para la aplicacion de un credito fiscal lo cual no es lo mismo para esto dele una revisada al art. 8 y al 10 que son donde se menciona los creditos fiscales
espero esto le se de utilidad
si no tiene la ley visite mi pagina y hay la puede descargar
Asesores Jus and Contab
www.asesoresjusandcontab.mex.tl
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AUDITORIAMG
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21/Mar/12 14:18
Re: Deduccion de Salarios e imss
Gracias por su ayuda fué muy buena, No se si se podra ver por fiscalia algun ejemplo o ejercicio de este tema. nuevamente gracias.
Saludos
Armando
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armando421
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21/Mar/12 18:40
Re: Deduccion de Salarios e imss
Buenas tardes
Es muy sencillo el calculo de estos creditos, dale una lectura a la Ley y si despues tienes dudas las plasmas
A groso modo, el calculo del credito de sueldos es, tus sueldos gravados para efectos del ISR por la tasa del IETU y el resultado es tu credito fiscal
Y el del seguro es, tus aportaciones pagadas del SS por la tasa del IETU y el resultado es tu credito fiscal
Saludos
www.jrdelacruz.com
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rdelacruz
Capitán Segundo
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22/Mar/12 22:20
Re: Deduccion de Salarios e imss
La LIETU señala claramente que NO ES POSIBLE DEDUCIR SALARIOS se comprueben como se comprueben.
Lo que si se permite es pagar el IETU correspondiente, pero aplicar un CREDITO FISCAL por los salarios que se cubran ISR por salarios, en otras palabras se 'deducen' para no pagarse, pero tecnicamente no son deducciones autorizadas. Es una acreditamiento de un credito fiscal especial, referenciado en el art 7 y 8 para efectos de la declaracion anual y luego tambien se repite en los artculos 10 y 9
El problema existe cuando no se paga ISR por salarios conforme el art 176 y 177 de la LISR. No seria posible determinar ese credito fiscal.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
General de División
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23/Mar/12 00:42
Re: Deduccion de Salarios e imss
La ley me marca que ningun concepto es deducible pero creo que hay algo, saludos
Primero empiece con el ISR, vea el 31 LISR completo, despues va a la ley de IETU.
saludos
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CPhugoocejo
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