06/Mar/12 23:44
Re: Forma 1040NR de Residente en Mexico ¿tipo de cambio fecha?
Buena noche:
Estos y otros preceptos que se deben de tener en cuenta cuando se obtengan ingresos por salarios provenientes del extranjero:
Artículo 113, último párrafo, de la LISR:
Los contribuyentes que presten servicios subordinados a personas no obligadas a efectuar la retención, de conformidad con el último párrafo del artículo 118 de esta Ley,
y los que obtengan ingresos provenientes del extranjero por estos conceptos, calcularán su pago provisional en los términos de este precepto y lo enterarán a más tardar el día 17 de cada uno de los meses del año de calendario, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas.
En correlación con la Regla II.3.6.3. de la RESOLUCION Miscelánea Fiscal para 2012.
Artículo 15 del Convenio celebrado entre el Gobiernos de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de los Estados Unidos de América para evitar la doble imposición e impedir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la Renta, donde se establece el tratamiento fiscal a que estarán sujetas las remuneraciones por trabajos dependientes:
ARTÍCULO 15
TRABAJOS DEPENDIENTES
1. Sin perjuicio de los dispuesto en los Artículos 16 (Participaciones de Consejeros), 19 (Pensiones, Anualidades Alimentos) y 20 (Funciones Públicas), los sueldos, salarios y remuneraciones similares obtenidos por un residente de un Estado Contratante por razón de un empleo sólo pueden someterse a imposición en este Estado, a no ser que el empleo se ejerza en el otro Estado Contratante. Si el empleo se ejerce aquí, las remuneraciones percibidas por este concepto pueden someterse a imposición en este otro Estado.
2. No obstante lo dispuesto en el párrafo 1, las remuneraciones obtenidas por un residente de un Estado Contratante por razón de un empleo ejercido en el otro Estado Contratante sólo pueden someterse a imposición en el primer Estado si:
a) el perceptor no permanece en total en el otro Estado, en uno o varios períodos, más de ciento ochenta y tres días, en un período de doce meses;
b) las remuneraciones se pagan por o en nombre de una persona empleadora que no es residente del otro Estado; y
c) las remuneraciones no se soportan por un establecimiento permanente o una base fija que la persona empleadora tiene en el otro Estado.