16/Abr/11 14:38
Re: TOPICOS VIGENTES PARA 2011
Mi felino y coterraneo colega, te menciono algo de lo que estas solicitando...pero en la ley viene todo...debes en cuando hay que abrirla y leerla..Suerte.
Cuadro de límites de viáticos, por conceptos
Concepto
Límite de importes
Aplicable en
Alimentación (1)
$750.00 diarios
México
Alimentación (1)
$1,500.00 diarios
El extranjero
Arrendamiento de automóviles y gastos relacionados (2)
$850.00 diarios
En México o en el extranjero
Gastos de hospedaje (3)
$3,850.00 diarios
Limitante sólo para el extranjero
(1). Condición: a) que el contribuyente acompañe a la documentación que los ampare, el comprobante del hospedaje o del transporte; b) cuando a la documentación que ampare el gasto de alimentación el contribuyente únicamente acompañe la relativa al gasto de transporte, la deducción sólo procederá cuando el pago se efectúe mediante tarjeta de crédito de la persona que realiza el viaje.
(2). Condición: que el contribuyente acompañe a la documentación la relativa al hospedaje o transporte.
(3). Condición: que el contribuyente acompañe a la documentación la relativa al transporte.
Viáticos en seminarios o convenciones
Conceptos incluidos en la cuota de recuperación: no debe exceder del límite de gastos de viaje por día de alimentación. La diferencia que resulte no es deducible
En México o en el extranjero
La ignorancia es temporal, la estupidez es para siempre