11/Oct/10 15:20
Re: FACTURA DE SERVICIOS EN USA Y EUROPA
Deducción o acreditamiento de pagos efectuados a residentes en el extranjero
RMF
I.2.10.8. Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del CFF, los contribuyentes que pretendan deducir fiscalmente los pagos realizados a residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, por servicios prestados en el extranjero, podrán utilizar los comprobantes que ellos les expidan siempre que contengan, al menos, los siguientes requisitos:
I. Nombre, denominación o razón social y domicilio de quien lo expide.
II. Lugar y fecha de expedición, descripción del servicio que amparen y el monto total de la contraprestación pagada por dichos servicios.
III. Nombre, denominación o razón social del usuario del servicio.
Dichos comprobantes, en su caso, se acompañarán de su respectiva traducción al español.
CFF 29, 29-A