Desde mi punto de vista solo deben estar los pagos efectivamente enterados y por separado en el Indice 111170 debe ir el IDE del ejercicio restado por lo aplicado a retenciones por terceros y/o compensado, pues así funciona en la declaración anual (que este año cambio en ese punto), lo que si en el dictamen no se ve un renglón de IDE a favor,
'El futuro no es de quienes los saben todo, si no de quienes constantemente estan aprendiendo'