24/Nov/09 11:58
PORQUE LA AUTORIDAD NO PERMITE COMPENSAR ALGUN SALDO A FAVOR CONTRA RETENCIONES DE IVA Editado: Noviembre 24, 2009 12:01:29
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Eduardomtz
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24/Nov/09 12:09
Re: COMPENSACIONES
PORQUE LA AUTORIDAD NO PERMITE COMPENSAR ALGUN SALDO A FAVOR CONTRA RETENCIONES DE IVA
Eso tambien yo lo pregunto.
Saludos
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
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vabdo
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24/Nov/09 15:39
Re: COMPENSACIONES
Por que la ley del iva lo prohibe jejejejejeje
En pocas palabras por la ret de iva es impuesto (dinero) de un tercero y no suyo como contribuyente, caso contrario como sucede en un saldo a favor...pero repito, la ley del iva lo prohibe.
salu2
cj
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cjlopezasesoria
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24/Nov/09 16:26
Re: COMPENSACIONES
Hola, Buena Tarde!!!
Fundamento: Art. 1-A Penúltimo parrafo LIVA....
Ahora..Y si es una persona moral que se ubica en la Fraccion IV del Art. 1-A LIVA?
Salu2!!!
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memoli
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24/Nov/09 17:18
Re: COMPENSACIONES
Un gusto ver siempre sus opiniones Memoli....
Pues es una incongruencia lo de la fraccion IV del numeral 1A LIVA...esto es por que se le da ' preferencia ' a cierto sector, con el fin de beneficiarlos....y los demas...que nos lleve guacho nieto...
saludos
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CPhugoocejo
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24/Nov/09 17:32
Re: COMPENSACIONES
Hola,
Si hay una diferencia entre lo señalado en el penúltimo párrafo y la fracción IV del artículo 1-A, una empresa IMMEX lo más seguro es que solicite el IVA en devolución, según yo, el SAT quiere evitar el riesgo de evasión, en caso de que el proveedor no pague IVA y que como quiera tenga que devolverle el IVA al exportador.
En el otro caso, el SAT también quiere evitar la evasión, si no hubiera retención, el IVA se tendría que pagar al proveedor, es decir el SAT pide que se le pague en lugar de, por eso no acepta compensación.
Saludos
Miguel
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migueljurado
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25/Nov/09 01:24
Re: COMPENSACIONES
Hola:
Segun mi apreciacion la Ley del IVA no prohibe el pago como compensacion de IVA retenido. Pues esto jamas se indica en la LIVA.
Pero, como las compensaciones deben ser autorizadas por el SAT, y este esel criterio que finalmente prevaleceria (el del SAT), asi que bajo su criterio la ley SI prohibe pagar IVA retenido que no sea pago en efectivo
Pero repito la ley no indica que el pago deba ser en efectivo.... Solo expresa que se DEBE EXISTIR PAGO. Resulta que la compensacion es una forma de PAGO.
Asi, que donde manda CAPITAN, no gobierna marinero. Hay que seguir al capitan SAT
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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