10/Jun/04 18:31
SI DICES LO SIGUIENTE: En requerimientos de 1994 nos solicitan informacion fiscal, pagos omitidos,incluso pago de multa por el aviso y el rechazo por no localizado, en estos documentos emitidos por la shcp aparece el dom calle x numero 10302 int. 2 (como demonios se hicieron del numero 15????)
NO PROCEDERIA EL SIGUIENTE PARRAFO, ?????
PORQUE SEGUN ENTIENDO TE REQUIRIERON EN 94
Extinción de las facultades para determinar omisiones e imponer sanciones
ARTÍCULO 67.- (RE)) Las facultades de las autoridades fiscales para determinar las contribuciones o aprovechamientos omitidos y sus
accesorios, así como para imponer sanciones por infracciones a las disposiciones fiscales, se extinguen en el plazo de cinco años contados
a partir del día siguiente a aquél en que:
Ver: CFF 2, 3, 12, 42, 70 a 91-B.
I. (RE)Se presentó la declaración del ejercicio, cuando se tenga obligación de hacerlo. Tratándose de contribuciones con cálculo mensual
definitivo, el plazo se computará a partir de la fecha en que debió haberse presentado la información que sobre estos impuestos se solicite
en la declaración del ejercicio del impuesto sobre la renta. En estos casos las facultades se extinguirán por años de calendario completos,
incluyendo aquellas facultades relacionadas con la exigibilidad de obligaciones distintas de la de presentar la declaración del ejercicio. No
obstante lo anterior, cuando se presenten declaraciones complementarias el plazo empezará a computarse a partir del día siguiente a aquél
en que se presentan, por lo que hace a los conceptos modificados en relación a la última declaración de esa misma contribución en el
ejercicio.
Ver: CFF 2, 31, 32.
Y RESPECTO DEL CAMBIO DE DOMICILIO RETROACTIVO, NO CREO QUE TE LO ACEPTEN, PERO SI PEGA ............
SALUDOS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'