En la Declaración Anual de Personas Fisicas, existe el rubro de Donativos o Herencias; los dos se encuentran exentos, pero me gustaría saber si para seleccionar Donativos o Herencias. Tiene que existir un documento legal que ampare dicha transacción....?
Se puede efectuar la herencia o donativo unciamente efectuando el traspaso de efectivo de la cuenta del tio a la del sobrino.
Tiene que existir un documento legal que ampare dicha transacción....?
SI
SALUDOS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
Las partidas exentas se reglamentan en el 109 LISR.
Y efectivamente debe haber comprobaciones, para los donativos (fraccion XIX de la disposicion mencionada y art 107 LISR) y también para las herencias (fraccion XVIII del 109 LISR).
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?