Hola Amigos para la determinacion de los pagos provisionales 2008, se podran deducir la adquisicion de activos que se compren a partir del 1 ene 2008???
No se te olvide tomar en cuenta la Fracc. IV del Art. 6 De La LIETU:
Cumplimiento de requisitos de LISR
IV. Que las erogaciones efectuadas por el contribuyente cumplan con los requisitos de deducibilidad establecidos en la Ley del Impuesto sobre la Renta. No se considera que cumplen con dichos requisitos las erogaciones amparadas con comprobantes expedidos por quien efectuó la erogación ni aquéllas cuya deducción proceda por un determinado por ciento del total de los ingresos o erogaciones del contribuyente que las efectúe o en cantidades fijas con base en unidades de medida, autorizadas mediante reglas o resoluciones administrativas.
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10/Mar/09 22:51
Re: deduccion activos adquiridos en 2008
El Art 5 LIETU pone a tu disposicion los concepto posibles a deducir
El art 6 LIETU te marcarian los requisitos para poder aplicar las dedeccion señaladas en el articulo 5 anterior.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?