05/Ene/09 09:50
LA EMRESA RECIBIO UN PRESTAMO BANCARIO POR 1'200,000.00, ES NECESARIO PRESENTAR LA DECLARACION INFORMATIVA DE PRESTAMOS O ESTA DECLARACION UINICAMENTE SE PRESENTA CUANDO LOS PRESTAMOS SEAN HECHOS POR SOCIOS DE LA EMPRESA ???
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kyko
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05/Ene/09 10:11
Re: INFORMATIVA DE PRESTAMOS
Tal vez te refieras a la obligacion contenida en el articulo 86-A de LISR....dale una leida.
saludos
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lcruizuscanga
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05/Ene/09 10:14
Re: INFORMATIVA DE PRESTAMOS
SI ME REFIERO A LO MENCIONADO EN EL ARTICULO 86-A, YA LO LEI, POR ESO ME SURGIO LA DUDA
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kyko
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05/Ene/09 11:32
Re: INFORMATIVA DE PRESTAMOS
Y YA SE TE ACLARO LA DUDA...PORQUE AHI DICE CUANDO HAY QUE PRESENTAR LA INFORMATIVA
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lcruizuscanga
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05/Ene/09 11:43
Re: INFORMATIVA DE PRESTAMOS
GRACIAS PERO MI DUDA NO ES CUANDO SE PRESENTA LA DECLARACION, MI DUDA ES QUE SI LA TENGO QUE PRESENTAR AUNQUE EL PRESTAMO NO HAYA SIDO DE UN SOCIO, PORQUE EL PRESTAMO LO RECIBIMOS DE UN BANCO.
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kyko
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05/Ene/09 12:14
Re: INFORMATIVA DE PRESTAMOS
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CHAVALON
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05/Ene/09 12:16
Re: INFORMATIVA DE PRESTAMOS
UNA VEZ MAS....LEISTE EL ARTICULO...BUENO AQUI VA...
DICE QUE LOS PRESTRAMOS OBTENIDOS (PUEDE SER CUALQUIER PERSONA QUIEN TE LO PRESTA, EL BANCO POR EJEMPLO), APORTACIONES PARA FUTUROS AUMENTOS DE CAPIALO AUMENTOS DE CAPITAL (LOS SOCIOS O ACCIONISTAS) QUE SE RECIBAN EN E F E C T I V O
DE LO ANTERIOR SI EL BANCO TE PRESTO PERO CASI ESTOY SEGURO HASTA QUE ME LO CONFIRMES, QUE DICHO PRESTAMO TE FUE HECHO VIA TRANSFERENCIA BANCARIA, POR LO QUE NO CUMPLE CON LA CONDICIONANTE DEL ARTICULO 86-A DE LISR.
SALUDOS
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lcruizuscanga
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05/Ene/09 13:11
Re: INFORMATIVA DE PRESTAMOS
GRACIAS, ASI FUE EL BANCO REALIZO EL PRESTAMO VIA TRANSFERENCIA, POR LO QUE DE ACUERDO A LOS COMENTARIOS ENTIENDO QUE LOS PRESTAMOS BANCARIOS SI SE DEBEN INFORMAR AL SAT PERO UNICAMENTE SI SON EN EFECTIVO, QUE REALMENTE ESTO NUNCA VA A SUCEDER, PORQUE SIMEPRE REALIZAN LOS PRESTAMOS ATRAVES DE UN ABONO EN LA CUENTA.
QUE ALIVIO !!! PORQUE EL PRESTAMO LO RECIBIMOS EN OCTUBRE Y NO HABIA PRESENTADO LA DECLARACION.
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kyko
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05/Ene/09 13:48
Re: INFORMATIVA DE PRESTAMOS
si te fijas, los comentarios fueron tan profesionales, como que te incitaron a estudiar, a RAZONAR, a observar, a analizar, espero y se haya logrado el objerivo, ......de momento parecia que no, pero, se te indico la palabra clave....EN EFECTIVO, .......asi es, debes entender, que te dice semanticamente la oracion, a fin de poder interpretar, sin violentar las disposiciones, .......
saludos y venturoso 2009
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lobozac
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05/Ene/09 22:50
Re: INFORMATIVA DE PRESTAMOS
Considero que si debe declararse cualquier prestamo que supere la cifra señalada en el 86-A
Grandes firmas de auditoria con representacion internacional, han expresado que el termino EFECTIVO, no es muy claro, puesto que el SAT ha establecido en alguna de sus RMF su definicion, pero como esa definicion es para otro fin, el mismo SAT pudiese aplicar otro criterio distinto para ese termino.
En algun diccionario generico el termino efectivo es muy amplio e incluso incluiria a transferencias electronicas y resulta que los bancos realizan renovaciones continuamente por el vencimiento de cualquier prestamo realizado, de conformidad con ese articulo, con intepretacion estricta, debe informarse.
Existe una gran controversia, pues otras personas indican que no. Pero, segun la propia disposicion es muy clara que en caso de no informarse alguna partida de prestamo, aportacion o incremento de capital social, pudiese considerarse como un ingreso acumulable.
Es mi particular opinion, que al declararse este tipo de operaciones (prestamos, aportaciones o incrementos de capital social) y que a la vez se mostrarian en los estados de cuenta bancarios, la autoridad debe considerarlos como no ingresos, ni para ISR, ni para el IETU En alguna auditoria el criterio del SAT, puede darle el criterio de acumularlo si se falla en informarse y la mera verdad, si uno se cura en salud, cualquiera lo haria y mas si se encuentra despues reauditado o verificandose lo auditado.
El plazo final para aplicar esta declaracion hasta ahora en una RMF es el 31 de Diciembre de 2009, con relacion al ejercicio 2008
Considero que mientras la autoridad no emita una regla muy clara sobre su criterio del termino de 'efectivo' que aplicaria para este articulo 86-A, no puede dejarse a la ligera el no declarar partidas de los conceptos que se mencionan, a menos que sean en especie o de manera distinta al EFECTIVO
Si una compañia tiene prestamos nuevos, aportaciones nuevas, o incrementos de capital social, en lo que respecta al IETU, es muy posible que le resulte un exceso de deducciones con relacion a los ingresos acumulables. El hecho que se declaren, le dan a la autoridad una razonabilidad sobre esa perdida. A mi juicio esa es la razonabilidad que se buscaria con esa disposicion de la LISR
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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