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16/Jun/08 18:15
VENTA DE ACTIVO FIJO SIN FACTURA

BUENAS TARDES.

ME PODRIAN ASESORAR TANTO CONTABLEMENTE Y FISCALMENTE CON LO SIGUIENTE:

ES UNA INMOBILIARIA QUE SE ENCARGA DE RENTAR PISOS PARA USO DE OFICINA. DURANTE EL 2007 UN INQUILINO DEJO DE OCUPAR EL INMUEBLE, MISMO INMUEBLE QUE LO DEJA EQUIPADO CON TODO EL MOBILIARIO DE OFICINA QUE TENIA Y QUE SE ENCUENTRA EN BUEN ESTADO.

EN EL MES DE MAYO YO RENTO ESTA OFICINA LA CUAL SE VA HA HACER TAL Y COMO LO DEJO EL INQUILINO ANTERIOR PARA NO HACER MODIFICACIONES. EL INQUILINO PIDE QUE SE LE VENDA EL EQUIPO DE OFICINA Y QUE NO SE INCLUYA DENTRO DE LA RENTA MENSUAL QUE SE PAGA CADA MES POR LO CUAL REQUIERE UNA FACTURA POR EL TOTAL DEL MOBILIARIO.

MI PREGUNTA ES COMO LE PUEDO HACER PARA VENDER ESE ACTIVO QUE EN SI LA INMOBILIARIA NO LO COMPRO MAS SIN EMBARGO LO TIENE DENTRO DE SUS INSTALACIONES Y QUE EL INQUILINO LO DEJO ANTERIORMENTE.

COMO JUSTIFICO LA VENTA DEL ACTIVO CONTABLEMENTE Y FISCALMENTE.

ESPERO SUS COMENTARIOS.

GRACIAS.
 
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gumeta
Sargento Primero

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16/Jun/08 18:27
Re: VENTA DE ACTIVO FIJO SIN FACTURA

Y COMO VAS A VENDER ALGO QUE NO ES TUYO....PORQUE AUNQUE ESTE ADENTRO DEL INMUEBLE, ESE MOBILIARIO LEGALMENTE NO ES DE LA PROPIEDAD DE LA INMOBILIARIA?
 
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lcruizuscanga
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17/Jun/08 9:21

Quizá deba remitirse al contrato de arrendamiento, es claro que el activo en cuestión no forma parte del edificio que se da en renta, pero igual les dejaron el activo por algo... ese algo es lo que pudierá ser lo que légitime su propiedad, porque de otra forma ya lo dijeron; ¿porqué y cómo van a vender lo que no es suyo?, ¿hubo pago en especie?.

saludos.
 
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sosgtorreon
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17/Jun/08 9:32
Re: VENTA DE ACTIVO FIJO SIN FACTURA

solo que exista alguna penalizacion y ese mobiliario se tomase como parte del pago...entonces si...pasaria a formar parte de la inmobiliaria...pero todo depende de lo establecido en el contrato de arrendamiento y en las posibles causales de rescision y penalizacion.

tal como lo dice sosgtorreon...
 
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lcruizuscanga
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17/Jun/08 16:45

ni aun cuando existiera una penalizacion...........debe trabarse litigio a fin de que como requisito sine qua non, por medio de resolucion judicial le sea adjudicada la propiedad

saludos
 
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lobozac
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