12/Mar/08 23:59
Re: 40 SALARIOS MINIMOS
[quote:5348c506b5="OSCAR_ITO"]Colegas buena tardes: mi pregunta es referente a [color=red:5348c506b5]si en el IETU, es aplicable la exencion de los 40 salarios minimos [/color:5348c506b5]para el sector primario y si asi es como podria saber[color=red:5348c506b5] en que esta basado.[/color:5348c506b5]espero su valiosa cooperacion al respecto[/quote:5348c506b5]
SI ES APLICABLE.
LIETU
Artículo 4. No se pagará el impuesto empresarial a tasa única por los siguientes ingresos:[/b:5348c506b5]
IV.[color=red:5348c506b5][b:5348c506b5]Los que perciban las personas físicas [/b:5348c506b5][/color:5348c506b5]y morales, provenientes de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, [color=red:5348c506b5][b:5348c506b5]que se encuentren exentos del pago del impuesto sobre la renta en los mismos términos y límites establecidos en los artículos [/b:5348c506b5][/color:5348c506b5]81, último párrafo y [color=red:5348c506b5][b:5348c506b5]109, fracción XXVII [/b:5348c506b5][/color:5348c506b5]de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Lo dispuesto en esta fracción será aplicable únicamente a los contribuyentes que se encuentren inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes.
Por la parte de [color=red:5348c506b5][b:5348c506b5]los ingresos que excedan los límites [/b:5348c506b5][/color:5348c506b5]a que se refieren las disposiciones legales citadas en esta fracción, [color=red:5348c506b5][b:5348c506b5]se pagará el impuesto empresarial a tasa única en los términos de esta Ley.[/color:5348c506b5]
PARA EL CASO QUE PLANTEAS, LAS PERSONAS FÍSICAS (ART. 109 FRACC. XXVII) SOLAMENTE PAGARÁN EL IETU, POR EL EXCEDENTE DE LOS INGRESOS QUE EXCEDAN DE LOS 40 SALARIOS MÍNIMOS DEL ÁREA ELEVADOS AL AÑO, IGUAL QUE EN ISR.
SALUDOS
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'