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10/Mar/08 11:49
Pensionado aún activo ¿obligado a decl anual?

Qué tal, buenos días.

Tengo el siguiente caso:

Empleado de una PM, fué contratado hace algunos años y obviamente dado de alta en el IMSS. El detalle es, que dicha persona es pensionado por el ISSSTE....

¿Esta obligado de cierta forma a realizar su declaración anual por recibir la pensión del ISSSSTE y ademas un sueldo por parte de la empresa? si es asi ¿si el patrón le ha estado realizando su declaración anual puede tener consecuencias (considerando solo los ingresos que el patron le paga)?

Gracias por sus comentarios
 
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BR1
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10/Mar/08 12:22
Re: Pensionado aún activo ¿obligado a decl anual?

Las declaraciones de los asalariados, en muchos de las ocasiones no se presentan "completas". No se manifiestan todos los ingresos a declararse, dandose como consecuencia una declaracion cuartada y tal vez por que la SHCP no realizan seguimientos muy pormenorizados, es que no habria problemas.

Mas sin embargo, para cierto tipos de contribuyentes que tiene ingresos cuantiosos, si les da un seguimiento un poco mas detallado, pues en ocasiones se presentarian discrepancias, en relacion a las compras.

Todos sabemos que existen declaraciones de clientes y proveedores y si llegan a manos de la SHCP, podria presentarse una discrepancia fiscal, que seguramente la misma Secretaria, buscaria allegarse de los razonamientos de tal circunstancia, que como es que el contribuyente gasto mas de lo que percibio, segun estas declaraciones.

Aun y cuando esos ingresos sean exentos o no proceda su acumulacion, considero que sean apropiadamente declarados.

Ademas si hubiese alguna acumulacion, al realizarse la determinacion de impuestos, posiblemente le resulte un saldo a cargo o un saldo a favor disminuido, debido a que progresividad de la tabla de ISR. Pues si se gana mas corresponde pagar mayores montos proporcionales.

El art 175 LISR indica que debe presentarse declaracion anual, algunas personas se confunden por que este mismo articulo indica que NO SE DEBE PAGAR ISR por ciertos ingresos (exentos), mas nunca se indica que no se declaren. Mi conclusion final es que se declaren pero que no se pague los impuestos por los ingresos que asi le corresponda gravarse al NO PAGO.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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10/Mar/08 13:18

Es claro, el trabajador tiene ingresos de dos fuentes, por tanto se ubica en el supuesto contemplado en el 117-III,c) de LISR.

Es decir, el trabajador debe presentar su anual en forma independiente, probablemente no repercuta en nada para el trabajador, ya que igual y se encuentra dentro de la exención contemplada en el 109-III de LISR.

Ahora bien en relación a que esto le ocasione o no un problema o inconveniente al patrón es bastante remoto, tan poco probable como decir que ya tienen con esta situación varios años y a la fecha no ha pasado nada... y es que el patrón propiamente no ha incumplido nada en materia de retenciones, ya que en el cálculo anual no le da saldos a favor de CAS, en el mejor de los casos siempre le ha retenido...

Saludos.
 
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sosgtorreon
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10/Mar/08 13:34
Re: Pensionado aún activo ¿obligado a decl anual?

Gracias Enrique y SOS... de hecho, esta duda siempre la he tenido... pero creo que la externe hace mucho tiempo y no la localize de nuevo....por otro lado, es claro que la autoridad no ha implementado los controles necesarios para detectar contribuyentes (como en este caso) que esten obligados a presentar su propia declaración anual.....
 
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BR1
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10/Mar/08 23:05
Re: Pensionado aún activo ¿obligado a decl anual?

Digamos que el obligado es por parte del trabajador.

Pero como el patron tiene la obligacion, en muchas ocasiones no pregunta a su trabajador, que otros ingresos percibio en el año, de que firme una carta bajo protesta decir verdad, que en caso de indicar algun dato falso, pueda ser sancionado con el despido laboral, sin ser inputable al patron. Lo anterior para que patron, tenga la posibilidad de realizar una declaracion de la manera adecuada, o en su caso informar a ciertos trabajadores que les competeria realizar por su cuenta la declaracion por que las leyes asi lo stablecerian.

Es muy comun que los patrones no exijan las constancias de los patrones anteriores, es mas no acostumbran expedir constancias de percepciones y retenciones de manera expedita a la hora de ser liquidados los trabajadores

Y si a esto se le incrementa la ingnorancia de los trabajadores por sus obligaciones fiscales, pues mas dificil seria que se presenten de manera apropiada las declaraciones de manera completa.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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