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30/Ene/08 9:44

gracias por la precision mi estimado chavalon........mas claro no podia quedar

saludos
 
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lobozac
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30/Ene/08 10:31
Re: pago correcto de ISR e IETU (Enero/08)

:) buenos dias Chavalòn: Gracias Mil por tu apoyo, ya me quedò claro el procedimiento de calculo de pago del IETU e igualmente a LOBOZAC que tambien aportò su valiosa opiniòn les deseo un excelente dia, porque a mì ya me lo alegraron, que Dios los cuide y bendiga.
 

 
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cruzalex
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30/Ene/08 11:49
Re: pago correcto de ISR e IETU (Enero/08)

Hola:

1.- Lobozac expresó gráficamente, la manera de proceder cuando existen pagos por ISR y IETU. Excelentemente, manifesta cómo quedarían los resultados finales por estos pagos.

Con estos mismos resultados deben quedar plasmados en declaraciones, al momento de manifestarse pagos por estímulos fiscales (créditos fiscales) o mediante acreditamientos de pagos por impuestos pagados previamente.

2.- Mientras que Chavalon, como es costumbre, manifiesta la regla que debe atenderse de conformidad con la LIETU, e incluso la explica magníficamente.

En la mayoría de los casos habría pagos por IETU e ISR, por lo que debe aplicarse adecuadamente [color=brown:8e275530a2]los acreditamientos de impuestos[/color:8e275530a2][/b:8e275530a2], con el fin de no realizar pagos en excesos. Debe saberse y conocerse además, [b:8e275530a2][color=brown:8e275530a2]qué impuestos podrían acreditarse en los pagos provisionales[/color:8e275530a2][/b:8e275530a2], con el fin de no pagar de más, a lo que proceda. Pero tampoco de menos. Por eso sería bueno retomar, el consejo de Lobozac, de analizar manuales o literatura que explique esa forma de pagar impuestos.

Para este ejemplo expuesto, el pago provisional de ISR quedaría así:

[b:8e275530a2]ISR en PP causado: 273[/b:8e275530a2]
[b:8e275530a2][color=blue:8e275530a2]Menos ISR retenido 505[/color:8e275530a2][/b:8e275530a2]
[b:8e275530a2][color=green:8e275530a2]ISR a pagar 0 [/color:8e275530a2][/b:8e275530a2] (No habría saldo a favor. No puede haber en pagos provisionales por ISR, saldos a favor, sólo los hay en las anuales, de haber algún saldo a favor, sería pago de lo indebido. Los saldos a favor por cualquier impuesto se determinan cuando terminan el período de causación y sería un pago definitivo o determinación final) [b:8e275530a2][color=olive:8e275530a2]Este sería un "Cero" a informarse en el portal del SAT[/color:8e275530a2][/b:8e275530a2]

Mientras para IETU el pago provisional quedaría así:

[b:8e275530a2]IETU causado: 734 Pago de IETU totalmente a pagar[/b:8e275530a2]
- Créditos fiscales 0 [color=indigo:8e275530a2][b:8e275530a2]Pagos por créditos fiscales o estímulos fiscales[/b:8e275530a2][/color:8e275530a2]
IETU a pagar: 734
[b:8e275530a2][color=green:8e275530a2]- ISR en pagos prov 0[/color:8e275530a2][/b:8e275530a2] [b:8e275530a2][color=brown:8e275530a2]Pagos por acreditamiento[/color:8e275530a2][/b:8e275530a2][b:8e275530a2][color=blue:8e275530a2]
- ISR retenido 505[/color:8e275530a2][/b:8e275530a2] [b:8e275530a2][color=brown:8e275530a2]Pagos por acreditamiento[/color:8e275530a2][/b:8e275530a2]
- Otros impuestos 0 [b:8e275530a2][color=brown:8e275530a2]Pagos por acreditamiento[/color:8e275530a2][/b:8e275530a2]
= IETU a pagar..... 229 [b:8e275530a2][color=olive:8e275530a2]Pago en portal bancario[/color:8e275530a2][/b:8e275530a2]


[b:8e275530a2][color=indigo:8e275530a2]Los creditos fiscales o estimulos fiscales se integrarian por siguientes:[/color:8e275530a2][/b:8e275530a2]

1.- Crédito fiscal por deducciones que exceden de los ingresos
2.- Crédito fiscal por sueldos y salarios gravados y pagados
3.- Crédito fiscal por aportaciones de seguridad social
4.- Crédito fiscal de inversiones (adquiridas de Enero 1998 a Diciembre 2007)
5.- Crédito fiscal por Inventarios al 31 de Diciembre de 2007
6.- Crédito fiscal por pérdidas fiscales por deducción inmediata 2005, 2006 y 2007
7.- Crédito fiscal por pérdidas fiscales por régimen simplicado
8.- Crédito fiscal por opción de enajenaciones a plazo
9.- Crédito fiscal para empresas maquiladoras
10.- Crédito fiscal por operaciones con el público en general
11.- Otros créditos fiscales


[b:8e275530a2][color=brown:8e275530a2]Mientras los acreditamientos pudiese abarcar en entre otras partidas: Art 8 LIETU[/color:8e275530a2][/b:8e275530a2]

1.- Acreditamiento de pagos provisionales del ISR enterados a la Tesoreria de la Federación
2.- Acreditamiento de pagos provisionales del ISR enterados a la Compañía Contraladora
3.- Acreditamiento de ISR retenido por instituciones bancarias
4.- Acreditamiento de IDE retenido por instituciones bancarias
5.- Pagos provisionales enterados de IETU en el ejercicio


[b:8e275530a2][color=red:8e275530a2]Habria dos renglones más dentro de la declaración del pagos provisional para IETU, que me parece tambien procederian como acreditamientos o cargos, que habrían que investigarse cómo, cuándo y por qué se llenarían:

1.- Otras cantidades a cargo del contribuyente
2.- Otras cantidades a cargo del contribuyente[/color:8e275530a2]
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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30/Ene/08 13:09
Re: pago correcto de ISR e IETU (Enero/08)

Hola, Hola!
Con respecto al LISTADO DE CONCEPTOS; es el mismo del que habla la regla 2.14.7 de la modificación del día 31/12/2007?

Gracias.
Una pequeña dísculpa por salirme un poquitín del tema central!

Saludos.
 
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tiamala
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30/Ene/08 13:48
Re: pago correcto de ISR e IETU (Enero/08)

[quote:27030afc7e="tiamala"]Hola, Hola!
Con respecto al [color=red:27030afc7e]LISTADO DE CONCEPTOS[/color:27030afc7e]; [color=red:27030afc7e]es el mismo [/color:27030afc7e]del que habla la [color=red:27030afc7e]regla 2.14.7[/color:27030afc7e] de la modificación del día 31/12/2007?

Gracias.
Una pequeña dísculpa por salirme un poquitín del tema central!

Saludos.[/quote:27030afc7e]

SI, ES EL MISMO, PERO AÚN NO SE "LIBERA" COMO PARA UTILIZARLO Y ENVIARLO AL SAT, ÉSTE SOLAMENTE ES UNA "MUESTRA".

SALUDOS
 
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CHAVALON
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30/Ene/08 13:57
Re: pago correcto de ISR e IETU (Enero/08)

OK, GRACIAS.
SALUDOS.
 
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tiamala
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30/Ene/08 14:02
Re: pago correcto de ISR e IETU (Enero/08)

Buenas tardes a todos.

Creo que el tema expuesto por cruzalex nos sirve como bien dicen para estar preparados para manifestar cifras correctas respecto a IETU e ISR...

Creo que aquí queda como anillo al dedo aclarar tocar el tema de lo que menciona la siguiente regla:

[i:2c3ecdff76]17.7. Para los efectos del artículo 8 de la Ley del IETU, los contribuyentes antes de efectuar el acreditamiento a que se refiere el tercer párrafo del artículo citado, podrán compensar los pagos provisionales del IETU efectivamente pagados correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate, contra el ISR propio que efectivamente se vaya a pagar correspondiente al mismo ejercicio, hasta por el monto de este último impuesto. En este caso, la compensación efectuada se considerará ISR propio efectivamente pagado.

Los contribuyentes que apliquen la opción a que se refiere el párrafo anterior, no podrán acreditar en los términos del artículo 8, tercer párrafo de la Ley del IETU, los pagos provisionales de dicho impuesto que hubieran compensado en los términos de esta regla ni solicitar su devolución.[/i:2c3ecdff76]
Ya se habla de compensación, mas no de acreditamiento....como que cambia la cosa ¿no creen? ¿como quedaría un ejemplo en el que se aplica dicha regla?

Agradezco sus comentarios!!!
 
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BR1
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30/Ene/08 14:15
Re: pago correcto de ISR e IETU (Enero/08)

Hola Tiamala:

Por mi parte, no es salirse del tema, cuando hay cuestionamientos del topico, siempre sujirian preguntas de retroalimentacion, pues nacen nuevas dudas.... Y estas, forman parte del tema central. En este caso versa de cómo pagarse los impuestos referidos. ¿Que no fue asi la pregunta?

Ese "listado de conceptos" no sé si estuviese completo, en cuanto a los créditos fiscales y los acreditamientos. Y no sé, si fuese atendiéndose a esa regla que se indica.

El listado de conceptos abarcaria mucho más conceptos, desde datos generales del contribuyentes y conceptos para la determinación del impuesto. Que en este topico posiblemente no han sido tocados o mencionados.

Pero básicamente serian "casi" los conceptos completos y que asi se declararian en los pagos provisionales para IETU.

-----------------------------------------------------------------------------

Una última sugerencia, en cuanto a los créditos fiscales, apliquénlos de crédito 11 al 1, de ser factibles. Así el crédito 1, no se agota tan rápido.

Ese credito 1 se empezaria a generarse en 2009, de ser factible. No antes, pues la determinacion de impuestos en su mecanica desarrolla acumulacion de cifras dentro de un mismo ejercicio, para cada mes en particular.

Este credito fiscal 1, debe de provenir de aportaciones o incrementos de capital, por eso el interes de que la autoridad le declaren los incrementos fuertes o arriba de $ 600,000.

No seria logico que no habiendo estas partidas de aportaciones se presenten perdidas todavia, entonces habria de presuponerse que serian ingresos omitidos, por eso la legislacion se marcaria como ingresos presuntos de no declararse a los 15 días.
 
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enrique9727
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30/Ene/08 15:28
Re: pago correcto de ISR e IETU (Enero/08)

[quote:85a701ce66="cruzalex"]:) buenos dias Chavalòn: Gracias Mil por tu apoyo, ya me quedò claro el procedimiento de calculo de pago del IETU e [color=red:85a701ce66][u:85a701ce66]igualmente a LOBOZAC [/u:85a701ce66][/b:85a701ce66][/color:85a701ce66]que tambien aportò su valiosa opiniòn [color=red:85a701ce66][b:85a701ce66][u:85a701ce66]les deseo [/u:85a701ce66][/b:85a701ce66][/color:85a701ce66]un excelente dia, porque a mì ya me lo alegraron, [color=red:85a701ce66][u:85a701ce66][b:85a701ce66]que Dios los cuide y bendiga.[/quote:85a701ce66][/u:85a701ce66][/color:85a701ce66]


mis deseos hacia tu persona son reciprocos...........esperamos servirte en la siguiente ocasion

saludos
 
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30/Ene/08 15:42
Re: pago correcto de ISR e IETU (Enero/08)

[quote:023d1a56c6="cruzalex"]:) buenos dias [color=red:023d1a56c6]Chavalòn[/color:023d1a56c6]: Gracias Mil por tu apoyo, ya me quedò claro el procedimiento de calculo de pago del IETU e igualmente a LOBOZAC que tambien aportò su valiosa opiniòn les deseo un excelente dia, porque a mì ya me lo alegraron, [color=red:023d1a56c6]que Dios los cuide y bendiga[/color:023d1a56c6].[/quote:023d1a56c6]

IGUALMENTE A TÍ.

SALUDOS
 
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CHAVALON
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