09/Oct/07 16:37
Re: IVA PARA ISR ?
[color=indigo:dc2e9fe4c2]Me parece que lo mas cercano a lo que comentas Lobozac se reduceria a la siguiente disposicion que es en relacion al acreditamiento del IVA, en especial lo de las letras verdes y negras subrayadas[/b:dc2e9fe4c2]:[/color:dc2e9fe4c2]
[b:dc2e9fe4c2][color=red:dc2e9fe4c2]Artículo 5o LIVA.- [/color:dc2e9fe4c2][/b:dc2e9fe4c2]Para que sea acreditable el impuesto al valor agregado deberán reunirse los siguientes
requisitos:
I. Que el impuesto al valor agregado corresponda a bienes, servicios o al uso o goce temporal de
bienes, [color=blue:dc2e9fe4c2][b:dc2e9fe4c2]estrictamente indispensables para la realización de actividades distintas de la importación[/b:dc2e9fe4c2][/color:dc2e9fe4c2], [color=brown:dc2e9fe4c2][b:dc2e9fe4c2]por las
que se deba pagar el impuesto establecido en esta Ley o a las que se les aplique la tasa de 0%[/b:dc2e9fe4c2][/color:dc2e9fe4c2]. [b:dc2e9fe4c2][color=cyan:dc2e9fe4c2]Para los
efectos de esta Ley, se consideran estrictamente indispensables las erogaciones efectuadas por el
contribuyente que sean deducibles para los fines del impuesto sobre la renta, aun cuando no se esté
obligado al pago de este último impuesto[/color:dc2e9fe4c2][/b:dc2e9fe4c2]. [b:dc2e9fe4c2][color=green:dc2e9fe4c2]
Tratándose de erogaciones parcialmente deducibles para los
fines del impuesto sobre la renta, únicamente se considerará para los efectos del acreditamiento a que se
refiere esta Ley, el monto equivalente al impuesto al valor agregado que haya sido trasladado al
contribuyente y el propio impuesto al valor agregado que haya pagado con motivo de la importación, en la
proporción en la que dichas erogaciones sean deducibles para los fines del impuesto sobre la renta[/b:dc2e9fe4c2].[/color:dc2e9fe4c2][u:dc2e9fe4c2][b:dc2e9fe4c2]Asimismo, la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo prevista en la Ley del
Impuesto sobre la Renta, se considera como erogación totalmente deducible, siempre que se reúnan los
requisitos establecidos en la citada Ley[/b:dc2e9fe4c2].[/u:dc2e9fe4c2]
[b:dc2e9fe4c2][color=indigo:dc2e9fe4c2]Espero sirva a tus intereses Lobozac[/color:dc2e9fe4c2]
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?