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27/Jul/07 12:24
COMPENSACION

HOLA BUENAS TARDES A TODOS LOS FORISTAS

TENGO UNA DUDA RESPECTO A LA PRESENTACION DE UNA COMPENSACION DE IVA CONTRA ISR.

PRESENTE LA DECLARACION DE LA COMPENSACION EL 30 DE MAYO DEL 2007 Y DE ACUERDO A LO PUBLICADO EN LA PAGINA DEL SAT DEBI PRESENTAR LA DOCUMENTACION (FORMATO 41) EL DECIMO CUARTO Y DECIMO QUINTO DIA HABIL SIGUIENTE DEL DIA SIGUIENTE A LA DECLARACION.

SI NO PRESENTE EL FORMATO 41 EN EL SAT EN LOS DIAS PREVISTOS QUE SUCEDE? ME ACEPTARAN MI DOCUMENTACION SI ASISTO POSTERIORMENTE O HAY QUE REALIZAR DE NUEVO LA DECLARACION EN LA QUE COMPENCE?

GRACIAS POR SUS COMENTARIOS.
 
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dija9
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27/Jul/07 12:29
Re: COMPENSACION

[quote:2d803085e5="dija9"]
SI NO PRESENTE EL FORMATO 41 EN EL SAT EN LOS DIAS PREVISTOS QUE SUCEDE? ME ACEPTARAN MI DOCUMENTACION SI ASISTO POSTERIORMENTE O HAY QUE REALIZAR DE NUEVO LA DECLARACION EN LA QUE COMPEN[color=red:2d803085e5]C[/color:2d803085e5]E?

GRACIAS POR SUS COMENTARIOS.[/quote:2d803085e5]

Debes presentar tu aviso de compensación, no importa que se haya vencido.

Es urgente que lo presentes... la multa es considerable!
 
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27/Jul/07 12:32

CONSIDERO QUE ESOS SUPUESTOS, DE REPENTE QUEDAN MUY EN EL AIRE, Y LOS FAMOSOS CRITERIOS DEL SAT, SON LOS QUE ORIENTAN.

YO TE PROPONDRIA PUES QUE PRESENTES TU SOCILITUD, FINALMENTE, SOLO ASI DISIPARAS TU DUDA ADECUADAMENTE. Y POSTERIORMENTE PODRAS ENRIQUECER ESTE FORO CONTANTO QUE SUCEDIO CON TU TRAMITE, NO CREES.

O QUEDATE A ESPERAR QUE VENGAN 10 O 20 COMENTARIOS, DONDE CADA UNO DE LOS FORISTAS, TE KIERA VENDER SU IDEA.
 
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indivisa
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27/Jul/07 12:35
Re: COMPENSACION

[quote:28267f920b="dija9"]PRESENTE LA DECLARACION DE LA COMPENSACION EL 30 DE MAYO DEL 2007 Y DE ACUERDO A LO PUBLICADO EN LA PAGINA DEL SAT DEBI PRESENTAR LA DOCUMENTACION (FORMATO 41) EL DECIMO CUARTO Y DECIMO QUINTO DIA HABIL SIGUIENTE DEL DIA SIGUIENTE A LA DECLARACION.
[/quote:28267f920b]

El plazo adicional es valido, viene en la Resolución Miscelanea.
 
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27/Jul/07 12:41
Re: COMPENSACION

GRACIAS POR SUS COMENTARIOS.

SOLO PREGUNTE PARA NO PERDER TIEMPO EN EL SAT, EN CASO DE QUE ME DIJERAN QUE VOLVIERA A PRESENTAR MI DECLARACION DE AVISO DE COMPENSACION. YA QUE POR FALTA DE TIEMPO ES Q NO LA HE PRESENTADO.
 
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dija9
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27/Jul/07 12:47
Re: COMPENSACION

[quote:5a3bf0270a="dija9"]GRACIAS POR SUS COMENTARIOS.

SOLO PREGUNTE PARA NO PERDER TIEMPO EN EL SAT, EN CASO DE QUE ME DIJERAN QUE VOLVIERA A PRESENTAR MI DECLARACION DE AVISO DE COMPENSACION. YA QUE POR FALTA DE TIEMPO ES Q NO LA HE PRESENTADO.[/quote:5a3bf0270a]

Si pudieras presentarla hoy mismo sería lo ideal...

Por falta de tiempo a un amigo le aplicaron una multa, el monto está en el [color=red:5a3bf0270a]c) de la fracción I del artículo 82 del CFF[/color:5a3bf0270a]
 
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27/Jul/07 12:56
Re: COMPENSACION

GRACIAS POR TUS COMENTARIOS MEM

SEGUN TENGO ENTENDIDO PARA QUE ME ATIENDAN ES SOLO CON CITA Y DESGRACIADAMENTE AQI EN OAX. LAS CITAS DISPONIBLES SON DE 5 O 6 DIAS DESPUES AL DIA EN Q LA SOLICITE Y POR ESO ME HE RETRAZADO YA QUE NO HE PODIDO ACUDIR EN EL DIA EN Q SACO MI CITA.

ESPERO Q NO ME MULTEN.
 
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dija9
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27/Jul/07 13:55

Si la obligacion se presenta de manera espontanea no habria multa

El pero de por que no se cumplio.... no importa.... simplemente no se ha cumplido

La autoridad no requiere de inmediato las obligaciones, por lo que da tiempo suficiente para aplicar la espontanedad, asi que hay mas plazo que el legal, pero que no se tome como algo ya concedido de manera generica. En el caso de que la autoridad requiera al dia siguiente del plazo limite de cuando deba efectuarse la obligacion, la autoridad tendria todos el derecho de castigar con penas monetarias
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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27/Jul/07 14:18
Re: COMPENSACION

Y que pasa, en caso de que la autoridad sea estricta, e imponga la multa que señala el CFF ¿sirve de algo el comprobante de la cita?, digo, ¿sirve para defenderte de dicha multa?, ya que, no es culpa del contribuyente que se saturen, y tendras un comprobante que señala la fecha de la cita..

En caso de que, legalmente sirva como prueba para defenderse ¿cómo demostrar que no habia fechas anteriores disponibles? :twisted:
 
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BR1
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