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27/Jul/07 12:22

[quote:48b3bb2e46="indivisa"]
OTRA COSA MEM, ME SENTI CHICANO....
.[/quote:48b3bb2e46]

Una disculpa.

Estoy de acuerdo es un foro para retroalimentarnos en conocimientos en materia fiscal.

Hay un tópico donde se lleva una lista de estrategias fiscales, estoy pensado que tu propuesta deberías incluirla.

Saludos cordiales
 
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27/Jul/07 12:25
Re: HONORARIOS ASIMILABLES A SALARIOS

[quote:b17ed08083="DeLoza"][color=darkblue:b17ed08083][/color:b17ed08083]Hola buenas tardes, no coicido con la opinion de indivisa, [color=red:b17ed08083]porque con eso de querer hacerlo deducible tendria doble pago de impuesto[/color:b17ed08083], el ingreso que tiene la persona fisica ya pago impuesto y puede hacer retiros tanto como tenga flujo de efectivo, ya que ese ingreso ya pago impuesto y puede disponer de el como mas le convenga ok esperamos mas conventarios al respecto, y tampoco coicido con las simulaciones

C.P.C. O DE LOZA :x[/quote:b17ed08083]

No importa el doble pago de impuestos... habría que valorar el importe de la disminución a la base.

Consideró que saldría ganando el contribuyente al hacer deducible el retiro.

Saludos
 
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27/Jul/07 12:28

DONDE ESTA ESE TOPICO QUE COMENTAS MEM???
 
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indivisa
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27/Jul/07 12:33

Lo puso el forista "cheque" y el titulo es algo asi como "chek list"

Tiene muchas estrategias aportadas por los foristas de fiscalia.

En cuanto funcione bien el buscador, pongo la liga

Saludos
 
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27/Jul/07 12:34

PARO MEM!!!!
 
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indivisa
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27/Jul/07 14:07

Hola:

En mi opinion:

Tecnicamente:

Puede aplicar la figura de honorarios asimilables a salarios.... no estaria prohibida. De que serviria los asimilables no tienen deducciones, se acumula y se deduce en el mismo regimen. No entiendo la manera su fin.... pero bueno haganse pato con su estrategia.

Esa estrategia seria el equivalente a que el dueño del negocio saca dinero sin comprobacion.

O lo que es lo mismo, se lo saca de la bolsa izquierda y lo mete en la de la derecha

Pero de cualquier manera estaria tributando para la misma personas y bajo el mismo regimen.... el efecto seria cero.

Y efectivamente son retiro de utilidades esos honorarios asimilables a salarios.

Es la misma persona bajo el mismo esquema de tributacion.... no puede darse tratamientos distintos


Conclusion final.

Lo unico ahora es que si el IMSS se confunde llegase a cobrar ahora lo referente a sus cuotas obrero patronales.

Tambien se pagan impuestos por los honorarios asimilables a salarios, y cuando se acumulen habria que pagarse el complemento en la anual

Esta figura debe aplicarse en distintas personalidades y/o regimenes para ayudar a disminuir el impuesto a cargo.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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