30/Mar/07 10:53
transportista con ingresos menores a $ 10,000,000
Soy una empresa transportista(reg.simplificado)y mis ingresos en 2006 fueron menores a 10 millones de $ PREGUNTA:Que ventajas tengo si opto por las dispisiciones de la seccion II del cap.II del titulo IV en cuanto al calculo de los pagos provisionales? ¿idependientemente que tome dichas disposiciones, a mi base gravable tengo que aplicarle la tasa del art.10? o la terifa aplicable a los contribuyentes que ya comente antes. [b]Otra,en el supuesto que tome las disposiciones ya comentadas mi declaracion anual (isr.activo)la debo presentar en abril?.muchas gracias por su apoyo, saludos a todos.