17/Feb/07 21:57
[quote:a9e22f4091="MaGraciela"]HOLA BUENAS NOCHES, PERDON POR LA INTROMISIÓN SR. CHAVALON, [color=red:a9e22f4091]PODRIA DARME SU FUNDAMENTO LEGAL?[/color:a9e22f4091]MARIA GRACIELA
GRACIAS[/quote:a9e22f4091]
LOS SOCIOS O ACCIONISTAS, TIENEN POR LO GENERAL LA FUNCIÓN O EL CARÁCTER DE "ADMINISTRADOR" ÜNICO, PRESIDENTE O MIEMBROS DEL CONSEJO DE "ADMINISTRACIÖN".
EN EMPRESAS MEDIANAS O PEQUEÑAS, NORMALMENTE SON LOS DIRECTORES GENERALES U OCUPAN EL PUESTO DE MAS ALTO NIVEL ADMINISTRATIVO DE LA EMPRESA.
EN EMPRESAS "GRANDES" LAS OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS SON LAS MISMAS.
LOS SOCIOS O ACCIONISTAS TIENEN POR MANDATO DE VARIAS LEYES, RESPONSABILIDADES Y FACULTADES, QUE ENTRE OTRAS SE ENCUENTRAN:
1.-ADMINISTRAR LOS BIENES DE LA SOCIEDAD.
2.-PREPARAR Y RENDIR CUENTAS (ESTADOS FINANCIEROS, ETC.) A LA ASAMBLEA O AL RESTO DE LOS SOCIOS.
3.-CELEBRAR Y EJECUTAR ACTOS DE DOMINIO
4.-REPRESENTAR A LA SOCIEDAD ANTE ORGANISMOS PÚBLICOS Y PRIVADOS EN:
A).-PLEITOS Y COBRANZAS
B).-JUICIOS LABORALES, MERCANTILES, PENALES, FISCALES, ETC.
C).- CELEBRACIÓN DE CONTRATOS, CONVENIOS, ETC.
D).-SUSCRIPCIÓN, OTORGACIÓN, EMISIÓN, ETC. DE TÍTULOS DE CRËDITO.
5).-CONTRIBUIR CON TODOS SUS ESFUERZOS, TRABAJOS Y CAPACIDAD A LA REALIZACIÓN DEL OBJETO SOCIAL.
6).- ETC., ETC.,
PARA CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES ANTERIORES, CONSIDERO QUE SE REQUIERE DE UNA PREPARACIÓN CON GRADO UNIVERSITARIO O SUPERIOR EN CUALQUIER RAMO, PRINCIPALMENTE EN ÄQUELLAS QUE CONTENGAN PRINCIPIOS DE ADMINISTRACIÓN.
ALGUNOS DE ELLOS TAMBIÉN REQUIEREN DE ASISITIR A CURSOS O SEMINARIOS CON LA FINALIDAD DE MANTERNERSE ACTUALIZADOS EN SU RAMO Y ÉSTOS SON DEDUCIBLES.
ES POR ELLO QUE EN MI OPINIÓN, LOS GASTOS DE CAPACITACIÓN Y DESARROLLO PROFESIONAL DE LOS SOCIOS, ES FUNDAMENTAL Y ES UN GASTO INDISPENSABLE PARA EL DESARROLLO DE SUS OBLIGACIONES, LAS CUALES SON NECESARIAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DE LA SOCIEDAD, EL CUAL ES GENERALMENTE LA ACTIVIDAD PREPONDERANTE DE LA MISMA.
EL FUNDAMENTO LEGAL DE DICHAS OBLIGACIONES, RESPONSABILIDADES Y FACULTADES SE ENCUENTRA ENTRE OTRAS, EN LAS SIGUIENTES LEYES:
LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES:ARTS. DEL 142 AL 150, 172 Y 173 ENTRE OTROS.
CODIGO CIVIL FEDERAL: ARTS. DEL 2709 AL 2714,
ES BREVE MI RESPUESTA, PERO ESPERO QUE ACLARE TU DUDA, DE NO SER ASÍ, ESTOY A TUS ÖRDENES.
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'