El art. 116 de la ley de lISR en el último parrafo inciso a) habla que no se hara ajuste anual a quienes hayan iniciado la prestación de servicios subordinados despues del 1 de Enero.
El art 117 fraccion II oblica al trabajador a entregar su constancia al empleador que vaya a realizar el ajuste anual de impuesto.
Se debe o no hacer el ajuste anual al personal que ingresa durante el año a la empresa?
Alejandrog Soldado Mensajes:
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02/Ene/07 19:10
Re: ajuste anual ispt
entiendo que no es obligatorio hacerlo cuando el trabajador ingreso con posterioridad al 1 de enero, independientemente de la obligacion de proporcionar la constancia.
DCT1979 Teniente Mensajes:
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03/Ene/07 9:43
Re: ajuste anual ispt
[quote:49546f773f="Alejandrog"][color=red:49546f773f]El art. 116 de la ley de lISR en el último parrafo inciso a) habla que no se hara ajuste anual a quienes hayan iniciado la prestación de servicios subordinados despues del 1 de Enero[/color:49546f773f].
El art 117 fraccion II oblica al trabajador a entregar su constancia al empleador que vaya a realizar el ajuste anual de impuesto.
Se debe o no hacer el ajuste anual al personal que ingresa durante el año a la empresa?[/quote:49546f773f]
Ya tienes la respuesta a la pregunta. :P
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juancarm Teniente Coronel Mensajes:
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