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02/Ene/07 18:46
ajuste anual ispt

El art. 116 de la ley de lISR en el último parrafo inciso a) habla que no se hara ajuste anual a quienes hayan iniciado la prestación de servicios subordinados despues del 1 de Enero.

El art 117 fraccion II oblica al trabajador a entregar su constancia al empleador que vaya a realizar el ajuste anual de impuesto.


Se debe o no hacer el ajuste anual al personal que ingresa durante el año a la empresa?
 
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Alejandrog
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02/Ene/07 19:10
Re: ajuste anual ispt

entiendo que no es obligatorio hacerlo cuando el trabajador ingreso con posterioridad al 1 de enero, independientemente de la obligacion de proporcionar la constancia.
 
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DCT1979
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03/Ene/07 9:43
Re: ajuste anual ispt

[quote:49546f773f="Alejandrog"][color=red:49546f773f]El art. 116 de la ley de lISR en el último parrafo inciso a) habla que no se hara ajuste anual a quienes hayan iniciado la prestación de servicios subordinados despues del 1 de Enero[/color:49546f773f].

El art 117 fraccion II oblica al trabajador a entregar su constancia al empleador que vaya a realizar el ajuste anual de impuesto.


Se debe o no hacer el ajuste anual al personal que ingresa durante el año a la empresa?[/quote:49546f773f]

Ya tienes la respuesta a la pregunta. :P
 
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juancarm
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