24/Oct/06 15:37
ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES EN ZONA FRONTRERIZA
Saludos a todos a ver si alguien me puede ayudar
Conforme al Art 2o de IVA dice que el impuesto se calculara aplicando la tasa del 10% si los actos o actividades se realizan por residentes en la región fronteriza y SIEMPRE QUE LA ENTREGA MATERIAL SE LLEVE A CABO EN LA CITADA REGION. Alguien sabe si la distribución del producto la podemos hacer desde ciudad de México sin pasar el inventario por la sucursal en zona fonteriza y unicamente recibir pedidos y facturar en esa Zona
Un abrazo a todos