Persona Moral, soporte pagina internet, tiene entre las prestaciones a sus empleados el reembolsarles el pago de internet de sus domicilios particulares (porque tienen que estar pendientes aun fuera de su horario de oficina), pero se paga el reembolso con copia de su fatura de telefonos, no se puede hacer la facturacion a la empresa porque el servicio de internet es al propietario de la linea telefonica.
No hay manera de hacer deducibles estos pagos?
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08/Jun/06 15:24
Re: reembolso gastos
Hola buen tarde:
Lo veo bastante completo, lo mas que se podria hacer es que dicha prestacion la consideren como parte integrante del salario del trabajador, de esta manera seria deducible, pero tiene el inconveniente de que el SDI para IMSS aumentaria en su parte variable y dicha prestacion se tendria que tomar como gravado para la determinacion del ISR salarios