13/Feb/06 16:57
Declaración de operaciones con clientes y proveedores
Las personas morales y las personas físicas con actividades empresariales y profesionales, así como Régimen Intermedio, por el ejercicio fiscal de 2005 deben proporcionar la información de las operaciones realizadas con sus clientes y proveedores.*
No se tiene que presentar dicha información por operaciones inferiores a $50,000.00 anuales.
* Esta información se debe proporcionar en medios magnéticos (programa DIMM).
Medios magnéticos
Quienes hagan capturas de más de 500 registros, deben presentar la información en la Administración Local de Asistencia al Contribuyente en medios magnéticos, es decir, discos flexibles de 3.5”, en disco compacto (CD) o en cinta de almacenamiento de datos (DAT) anexando al acuse de presentación que emite el programa.
Cuando se utilicen medios magnéticos, se debe seguir el procedimiento que se señala en el instructivo contenido en el Anexo 1 rubro C numeral 10, inciso b) de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
Por Internet
Cuando se hagan capturas de hasta 500 registros, la información debe enviarse por Internet a través de la Oficina Virtual. En este caso el programa genera un archivo para enviarla por esta vía, un vez enviada se remitirá el acuse de recibo electrónico que contiene el número de operación, fecha de presentación y sello digital.
Personas que pueden utilizar la forma fiscal 30 impresa
Las personas físicas que capturen hasta 5 registros de cada uno de los anexos de la Declaración, pueden optar por presentar en forma impresa (en papel) la información a través de la forma oficial 30 “Declaración Informativa Múltiple” y anexos que la integran, ante los Módulos de Asistencia al Contribuyente, siempre que no estén obligadas a presentar sus declaraciones provisionales o mensuales por Internet.
Los contribuyentes que utilicen el Programa electrónico para presentar la Declaración Informativa Múltiple, no podrán usar la forma fiscal 30 de manera impresa por el resto del ejercicio.
Como obtener y utilizar el Programa DIM
Los contribuyentes que presenten la información mediante el Programa DIM deben:
Obtener el Programa en este portal de Internet o solicitarlo en medios magnéticos en las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente, e instalarlo en su equipo de cómputo.
Capturar los datos generales del declarante y la información solicitada en cada uno de los anexos que correspondan de acuerdo con las obligaciones fiscales a que estén sujetos.
Enviar vía Internet la información mediante el archivo que genera el sistema para estos efectos o presentarla en medios magnéticos.
Los contribuyentes podrán presentar en forma independiente cada uno de los anexos contenidos en el programa para la presentación de la Declaración Informativa Múltiple, según estén obligados, conforme a la fecha en que legalmente deben cumplir con dicha obligación, acompañando siempre al anexo que corresponda, la información relativa a los datos generales del declarante y el resumen global sólo del anexo que se presenta.