01/Oct/05 13:09
INterpretacion de RMF 3.15.4
Que tal, estuve leyendo la RMF, y me quedan algunas dudas, respecto a la interpretacion u objetivo de un parrafo de la RMF 3.15.4, y la cual transcribo acontinuación:
"Para efectuar el envío de la información a que se refiere el párrafo anterior, los fedatarios públicos deberán utilizar la clave de identificación electrónica confidencial generada a través de los desarrollos electrónicos del SAT, que se encuentran en su dirección electrónica (www.sat.gob.mx). Dicha clave sustituye, ante el SAT, a la firma autógrafa y producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes, teniendo el mismo valor probatorio.
El entero a que se refiere el párrafo anterior, así como la presentación de información correspondiente, se deberá efectuar por cada una de las operaciones consignadas en escritura pública en las que intervengan dichos fedatarios, dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que se firme la minuta o escritura respectiva. En este caso, se podrá omitir realizar el envío de la información correspondiente a las operaciones exentas del pago del ISR por enajenación de bienes,[color=blue:c184d87819][i:c184d87819] salvo cuando se trate de casa habitación cuyo valor de la operación exceda de $500,000.00 en cuyo caso se enviará la información correspondiente a la totalidad de copropietarios o integrantes de la sociedad conyugal con su respectivo ingreso, aun cuando uno o varios de ellos no superen los $500,000.00.[/i:c184d87819][/color:c184d87819] También se podrá omitir realizar el envío de la información cuando se trate de adquisición de bienes exentas del pago del ISR"
Cual sera el objeto de que las operaciones mayores de 500,000, aun siendo exentas el notario debera enviar la informacion que aqui se señala???????
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BR1
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01/Oct/05 13:18
Re: INterpretacion de RMF 3.15.4
[quote:ab21e80914="BR1"]Que tal, estuve leyendo la RMF, y me quedan algunas dudas, respecto a la interpretacion u objetivo de un parrafo de la RMF 3.15.4, y la cual transcribo acontinuación:
"Para efectuar el envío de la información a que se refiere el párrafo anterior, los fedatarios públicos deberán utilizar la clave de identificación electrónica confidencial generada a través de los desarrollos electrónicos del SAT, que se encuentran en su dirección electrónica (www.sat.gob.mx). Dicha clave sustituye, ante el SAT, a la firma autógrafa y producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes, teniendo el mismo valor probatorio.
El entero a que se refiere el párrafo anterior, así como la presentación de información correspondiente, se deberá efectuar por cada una de las operaciones consignadas en escritura pública en las que intervengan dichos fedatarios, dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que se firme la minuta o escritura respectiva. En este caso, se podrá omitir realizar el envío de la información correspondiente a las operaciones exentas del pago del ISR por enajenación de bienes,[color=blue:ab21e80914][i:ab21e80914] salvo cuando se trate de casa habitación cuyo valor de la operación exceda de $500,000.00 en cuyo caso se enviará la información correspondiente a la totalidad de copropietarios o integrantes de la sociedad conyugal con su respectivo ingreso, aun cuando uno o varios de ellos no superen los $500,000.00.[/i:ab21e80914][/color:ab21e80914] También se podrá omitir realizar el envío de la información cuando se trate de adquisición de bienes exentas del pago del ISR"
Cual sera el objeto de que las operaciones mayores de 500,000, aun siendo exentas el notario debera enviar la informacion que aqui se señala???????[/quote:ab21e80914]
Acuerdate del lavadero, mi estimado, en los bancos mucha gente no lo sabe pero si se abre una cuenta arriba de $100,000.°° le dan tus datos a la PGR, el fin ¿?, buen día.
La muerte es inevitable, el progresar no.
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corteslce
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01/Oct/05 13:24
Re: INterpretacion de RMF 3.15.4
[quote:0eab858c33="BR1"]Que tal, estuve leyendo la RMF, y me quedan algunas dudas, respecto a la interpretacion u objetivo de un parrafo de la RMF 3.15.4, y la cual transcribo acontinuación:
"Para efectuar el envío de la información a que se refiere el párrafo anterior, los fedatarios públicos deberán utilizar la clave de identificación electrónica confidencial generada a través de los desarrollos electrónicos del SAT, que se encuentran en su dirección electrónica (www.sat.gob.mx). Dicha clave sustituye, ante el SAT, a la firma autógrafa y producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes, teniendo el mismo valor probatorio.
El entero a que se refiere el párrafo anterior, así como la presentación de información correspondiente, se deberá efectuar por cada una de las operaciones consignadas en escritura pública en las que intervengan dichos fedatarios, dentro de los 15 días siguientes a la fecha en que se firme la minuta o escritura respectiva. En este caso, se podrá omitir realizar el envío de la información correspondiente a las operaciones exentas del pago del ISR por enajenación de bienes,[color=blue:0eab858c33][i:0eab858c33] salvo cuando se trate de casa habitación cuyo valor de la operación exceda de $500,000.00 en cuyo caso se enviará la información correspondiente a la totalidad de copropietarios o integrantes de la sociedad conyugal con su respectivo ingreso, aun cuando uno o varios de ellos no superen los $500,000.00.[/i:0eab858c33][/color:0eab858c33] También se podrá omitir realizar el envío de la información cuando se trate de adquisición de bienes exentas del pago del ISR"
Cual sera el objeto de que las operaciones mayores de 500,000, aun siendo exentas el notario debera enviar la informacion que aqui se señala???????[/quote:0eab858c33]
en el que se esta bien fichadito....sobre todo por los montos, aun siendo exentos....saludos
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01/Oct/05 13:34
Re: INterpretacion de RMF 3.15.4
Haaaaaa....entonces yo por ejemplo tengo 10,000 pesos ahorrados, los saco verdad??? (jajajaaja es broma) , muchas gracias, y si la verdad la autoridad debe cuidar todos sus flancos, (entiendase lavado al $$ proveniente de una actividad ilicita: narco, fraude, robo, etc).....
Otra cosa: el secreto bancario ya llego a su fin???? es decir tenia entendido que aun esta vigente!!!
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BR1
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01/Oct/05 13:36
Re: INterpretacion de RMF 3.15.4
asi es bruno, estamos en la jugada...saludos
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CPhugoocejo
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01/Oct/05 14:11
Re: INterpretacion de RMF 3.15.4
Supones que es para cazar las opereciones ilicitas o si esta fundamentado???????, que pex con el secreto bancario.
'Lo que decimos nos aprisiona mucho más que lo que hacemos, o lo que callamos'
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edgarivanp
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