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23/Sep/05 12:32
Re: duda deduccion
Para efectos del Impuesto Sobre la Renta dichas prestaciones gravan al 100%, ahora como lo mencionan los compañeros para IMSS hay un tope el cual resulta ser el 10% del SBC.
Prueba de lo anterior resulta aplicable el criterio por parte del SAT cuya voz es la siguiente.
Criterio 57/2004/ISR menciona en su último párrafo:
Los premios por asistencia y puntualidad no tienen una nautraleza analoga a los ingresos exentos en el Art. 109 fraccio VI de la LISR, ni como finalidad de hacer frente a contingencias futuras, ni son conferidos de manera general por lo tanto, no pueden ser considerados como ingresos exentos, por lo tanto gravaran para ISR al 100%.