23/Sep/05 9:31
Re: DEDUCIBLES?
[quote:a24d8d3fea="rafaelrodall"]HOLA A TODOS: TENGO UNA DUDA RESPECTO A:
EN UNA REVISION DE UN CONTRIBUYENTE EXISTEN IMPORTES DE GASTOS QUE FUERON PAGADOS EN EFCTIVO POR MONTOS MAYORES A 2,000.00 Y LA AUTORIDAD LOS RECHAZA,
CONOCEN ALGUN CRITERIO A FAVOR?[/quote:a24d8d3fea]
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hoy no hay nada que hacer, pues en base al la fraccion III del art 31 LISR, tu gasto sera no deducible.
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en lo futuro, paga esos gastos con cheque nominativo a tu proveedor o al tercero que efectue el gasto de acuerdo al 35 de reglamento.
saludos!
aprende a perdonar, pues la vida es muy corta y, no vale la pena vivir con el corazon amargado, mas bien haz las paces con aquella persona que quieres y que ahora esta alejada de ti.tu vida cambiara y viviras mas plenamente.saludos!