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30/Ago/05 16:58

Al portador te lo aceptan hasta 10,000.00 pesos, pero si es par el rembolso de gastos de tù empresa por el valor total de tus comprobantes cuidando no exedan alguno de los $ 2000.00.
 
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EnriqueA
Sargento Segundo

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30/Ago/05 17:00
Re: tope para pagar una factura de gastos de caja chica?

[quote:09ecded3e2="SaúlCastroVázqz"][quote:09ecded3e2="a_cano"]Una alternativa para hacer deducible dicha factura es efectuar el reemboso mediante cheque para abono en cuenta a favor la persona que efectuo el gasto en los términos del artículo 35 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.[/quote:09ecded3e2]

[color=green:09ecded3e2]Hola:

No opera esa alternativa[/color:09ecded3e2][/quote:09ecded3e2]

Que tal Saul:

Gracias
 

 
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a_cano
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30/Ago/05 17:04
Re: tope para pagar una factura de gastos de caja chica?

[quote:51597deb2e="edgarecs"]Art 31 F III LISR.[/quote:51597deb2e]
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
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30/Ago/05 17:11
Re: tope para pagar una factura de gastos de caja chica?

YO DIGO QUE SI APLICA EL 35 RISR, SALVO QUE FUESE GASOLINA, PERO POR QUE MENCIONAN QUE NO APLICA????? SALUDOS :evil:
 
'Lo que decimos nos aprisiona mucho más que lo que hacemos, o lo que callamos'
 
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edgarivanp
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30/Ago/05 17:45

No aplica el 35 de RISR, porque primero realizaste el gasto y ahora quieres hacer el reembolso.

Para aplicar el 35 RISR primero sacas un cheque nominativo a favor de quien va a efectuar el gasto y despues realizas la compra y/o gasto.

Tope para sacar un cheque de reembolso de caja chica, no existe... debes cuidar que tus comprobantes no rebasen $2,000.00 para que sean deducibles.

Un cheque al portador puede ser hasta de $32,000.00 !!!
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
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30/Ago/05 18:19
Re: tope para pagar una factura de gastos de caja chica?

[quote:e762c67de6="liliana77"]tengo una factura de gastos, de 5,300. la puedo anexar en una reposicion de caja chica?.

gracias
[/b][/quote:e762c67de6]


la pregunta es clara, Por supuesto que la puede anexar en su reposicion,o en donde gusta y mande usted,en la nota de la tintoreria,o en la del superetc.etc.

En su asunto refiere usted a otra pregunta TOPE PARA PAGAR UNA FACTURA DE GASTOS DE CAJA CHICA?

RESPUESTA.
Conforme a principios de control interno y a otros principios que usted como contadora ESTA OBLIGADA A CONOCER,los gastos de reposicion no podran exceder del tope maximo con que se tenga registada en contabilidad la custodia o pagare firmado por usted para este concepto.

Como ya le comentaron los pagos mayores de 2000.00 Se deberan realizar mediante CHEQUE NOMINATIVO DEL CONTRIBUYENTE(Solo citaremos al cheque)

Lo señalado en el parrafo anterior queda exceptuado conforme al 35 del R.I.S.R. Tratandose de contribuciones,viaticos o gastos de viaje,cuando el contribuyente efectue erogaciones a travez de terceros.

Ahora bien al no estar obligado al cheque nominativo,este lo puedes elaborar al PORTADOR hasta el importe de $30,226.00( LGTOC)

Por supuesto como medida de control interno no seria recomendable elaborar cheques al portador por ninguna cantidad.

Espero saque usted sus propias conclusiones para resolver este problema,de manera tal que su caso puede ser o no ser deducible de acuerdo al concepto del mismo.

No olvidemos que independientemente para los viaticos o gastos de viaje debera usted cubrir otros requisitos fiscales.

Por todo lo anterior NO PODEMOS ADIVINAR QUE EL GASTO SEA O NO SEA DEDUCIBLE,estaremos al origen del mismo,la elaboracion del cheque es sencilla lo podemos hacer AL PORTADOR(no recomendable)o hacerlo a un tercero sin anotar la leyenda DE PARA ABONO EN CUENTA DEL BENEFICIARIO.Esto por que en estos casos no estamos obligados a anotarle la leyenda en comento

Cualquier duda a su ordenes,EDGAR si no le entiendes te lo explico con peras o manzanas.


omar omar el hijo del tiburon :evil: :evil: :evil: :evil: :evil:
 
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Soldado

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30/Ago/05 18:26

gracias
 
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JOSEDARIO
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31/Ago/05 8:01
Re: tope para pagar una factura de gastos de caja chica?

[quote:97dce75f54="omaromar"][quote:97dce75f54="liliana77"]tengo una factura de gastos, de 5,300. la puedo anexar en una reposicion de caja chica?.

gracias
[/b][/quote:97dce75f54]


la pregunta es clara, Por supuesto que la puede anexar en su reposicion,o en donde gusta y mande usted,en la nota de la tintoreria,o en la del superetc.etc.

En su asunto refiere usted a otra pregunta TOPE PARA PAGAR UNA FACTURA DE GASTOS DE CAJA CHICA?

RESPUESTA.
Conforme a principios de control interno y a otros principios que usted como contadora ESTA OBLIGADA A CONOCER,los gastos de reposicion no podran exceder del tope maximo con que se tenga registada en contabilidad la custodia o pagare firmado por usted para este concepto.

Como ya le comentaron los pagos mayores de 2000.00 Se deberan realizar mediante CHEQUE NOMINATIVO DEL CONTRIBUYENTE(Solo citaremos al cheque)

Lo señalado en el parrafo anterior queda exceptuado conforme al 35 del R.I.S.R. Tratandose de contribuciones,viaticos o gastos de viaje,cuando el contribuyente efectue erogaciones a travez de terceros.

Ahora bien al no estar obligado al cheque nominativo,este lo puedes elaborar al PORTADOR hasta el importe de $30,226.00( LGTOC)

Por supuesto como medida de control interno no seria recomendable elaborar cheques al portador por ninguna cantidad.

Espero saque usted sus propias conclusiones para resolver este problema,de manera tal que su caso puede ser o no ser deducible de acuerdo al concepto del mismo.

No olvidemos que independientemente para los viaticos o gastos de viaje debera usted cubrir otros requisitos fiscales.

Por todo lo anterior NO PODEMOS ADIVINAR QUE EL GASTO SEA O NO SEA DEDUCIBLE,estaremos al origen del mismo,la elaboracion del cheque es sencilla lo podemos hacer AL PORTADOR(no recomendable)o hacerlo a un tercero sin anotar la leyenda DE PARA ABONO EN CUENTA DEL BENEFICIARIO.Esto por que en estos casos no estamos obligados a anotarle la leyenda en comento

Cualquier duda a su ordenes,EDGAR si no le entiendes te lo explico con peras o manzanas.


omar omar el hijo del tiburon :evil: :evil: :evil: :evil: :evil:[/quote:97dce75f54]

[color=green:97dce75f54]Ok de acuerdo ud. se basa más en sus principios de control interno.
:
Pero si lees detenidamente el Artículo 35 del R.L.I.S.R. al final dice:

,y cuando dicho tercero realice pagos por cuenta del contribuyente, éstos deberán estar amparados con documentación que reuna los requisitos del artículo 31, fracción III de la Ley.

Ahora lea el Artículo 31, fracción III.

Si tienes dudas, comunicate conmigo .[/color:97dce75f54]
 

 
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SaúlCastroVázqz
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31/Ago/05 8:38
Re: tope para pagar una factura de gastos de caja chica?

Pescadito
SIENTESE PONGA SU MENTE ABIERTA,Y LIBRE DE PREJUICIOS.

El articulo 35 del R.I.S.R. Señala la obligacion de expedir cheques nominativos cuando el contribuyente efectue erogaciones a travez de un tercero.(EL LEGISLADOR UNICAMENTE ESTA EXCEPTUANDO DE LA OBLIGACION DE QUE EL CHEQUE SEA NOMINATIVO Y PARA ABONO EN LA CUENTA DEL BENEFICIARIO,)



Cuando el contribuyente efectue erogaciones a traves de un tercero,EXCEPTO TRATANDOSE DE CONTRIBUCIONES,VIATICOS GASTOS DE VIAJE,debera expedir cheque nominativo a favor de este o .......................Estos deberan estar amparados con documentacion que reuna los requisitos del articulo 31-III.

Por supuestos que la documentacion debera reunir los requisitos fiscales que se señalan en el 29 y 29A DEL C.F.F.Nunca nadie ha dicho que no sea asi.

LA INTERPRETACION INCORRECTA daria por resultado que lo señalado en el Reglamento se considerara LETRA MUERTA,recordemos que de estos unicamente derivan derechos.

Que valga que eres de la 4 veces H.Ciudad de Veracruz,lo sabras ignorante pescadito,salvador de los mares?Solo por eso te contesto pero hasta ahi,pariente de LOPEZ DE SANTANA :twisted: :D :D :D :D :D


omaromar el hijo del tiburon:evil: :evil: :evil: :evil: :evil: :evil:
 
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Soldado

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31/Ago/05 8:48
Re: tope para pagar una factura de gastos de caja chica?

[quote:60dccd0b64="omaromar"]Pescadito
SIENTESE PONGA SU MENTE ABIERTA,Y LIBRE DE PREJUICIOS.

El articulo 35 del R.I.S.R. Señala la obligacion de expedir cheques nominativos cuando el contribuyente efectue erogaciones a travez de un tercero.(EL LEGISLADOR UNICAMENTE ESTA EXCEPTUANDO DE LA OBLIGACION DE QUE EL CHEQUE SEA NOMINATIVO Y PARA ABONO EN LA CUENTA DEL BENEFICIARIO,)



Cuando el contribuyente efectue erogaciones a traves de un tercero,EXCEPTO TRATANDOSE DE CONTRIBUCIONES,VIATICOS GASTOS DE VIAJE,debera expedir cheque nominativo a favor de este o .......................Estos deberan estar amparados con documentacion que reuna los requisitos del articulo 31-III.

Por supuestos que la documentacion debera reunir los requisitos fiscales que se señalan en el 29 y 29A DEL C.F.F.Nunca nadie ha dicho que no sea asi.

LA INTERPRETACION INCORRECTA daria por resultado que lo señalado en el Reglamento se considerara LETRA MUERTA,recordemos que de estos unicamente derivan derechos.

Que valga que eres de la 4 veces H.Ciudad de Veracruz,lo sabras ignorante pescadito,salvador de los mares?Solo por eso te contesto pero hasta ahi,pariente de LOPEZ DE SANTANA


omaromar el hijo del tiburon:evil: :evil: :evil: :evil: :evil:[/quote:60dccd0b64]

[color=green:60dccd0b64]Ja ja ja
Para mi no vales la pena.[/color:60dccd0b64]
 

 
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SaúlCastroVázqz
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