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18/Ago/05 17:07
Re: pago de seguro es deducible?

[quote:3cbb2c2303="BR1"]Como comentas, si nos vamos por lo estrictamente indispensable, creo que si seria estrictamente indispensable.....recuerdo el topico de la persona que planteo el topico sobre la deducibilidad del tacuche......hasta se le dijo "vete en cueros" ya que no es estrictamente indispensable andar vestido ¿o si? (solo que no creo que lo reciban muy bien sus clientes......asi mismo, en la ley no lo dice, pero creo que por logica si seria totalmente deducible (aunque podemos decir que cuando han sido logicas las leyes).....

Creo que en este caso seria aventarse con el respaldo de un abogado (en el caso de necesitar defensa legal)[/quote:3cbb2c2303]

Insisto en la no indispensabilidad de un seguro de vida, no es ésto lo mismo que gastos hospitalarios, médicos o seguro de gastos médicos, sino que al final de la vigencia del mismo se entrega una cantidad de dinero a los beneficiarios, cosa que no sucede en los demás citados.

Incluso lo considero distinto del ejemplo del traje que mencionas.

Puede ser que con un abogado fiscalista se pueda lograr algo, pero lo dudo mucho.

Es mi muy particular punto de vista.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
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18/Ago/05 17:07
Re: pago de seguro es deducible?

[quote:b04b93a0cc="candelario"]No lo estoy englobando dentro de la previsiòn social, como lo comenta BR1 es un gasto personal, estoy de acuerdo que no es un gasto indispensable para la realizaciòn de sus actividades, pero tampoco lo son los gastos dentales de un hijo por ejemplo.

Es decir habrà algun fundamento que me diga que si o que no?

Yo de inicio los he dejado fuera de la contabilidad, pero se me ocurriò preguntar para escuchar opiniones.

Saludos.[/quote:b04b93a0cc]


Hola Candelario, un gasto dental de tu hijo es deduccion personal, un seguro de vida, no es encuentra entre las deducciones personales, ahi esta el porque.El fundamento? Puedes revisar que entra para deducciones personales.

Saludos
 
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mir100
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18/Ago/05 17:11
Re: pago de seguro es deducible?

[quote:a659f4b2f1="candelario"]Compañero edgarecs

No estoy de acuerdo en pedir un comprobante de gastos dentales poniendo como paciente al contribuyente para meterlo como deducciòn personal, si la ley es muy clara que algunos gastos del contribuyente y su familia pueden entrar solo con la limitante que no hayan tenido ingresos mayores a 1 salario minimo elevado al año.[/quote:a659f4b2f1]

Estoy de acuerdo contigo, sería incorrecto y no estoy recomendando eso, sino que es una práctica que he visto, ni siquiera la he utilizado yo mismo.


[quote:a659f4b2f1="candelario"]Ahora checando tu respuesta me puse a revisar la factura para ver si era por gastos mèdicos mayores y no es seguro de vida.

Agradezco tus comentarios a este tòpico.

Saludos.[/quote:a659f4b2f1]

Si es seguro de vida, no es la misma finalidad ni naturaleza que los gastos hospitalarios, honorarios médicos o seguro de gastos médicos, por lo que no lo considero deducible.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
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18/Ago/05 17:35
Re: pago de seguro es deducible?

[quote:1b7a4f8c7a="candelario"]Compañero edgarecs

No estoy de acuerdo en pedir un comprobante de gastos dentales poniendo como paciente al contribuyente para meterlo como deducciòn personal, si la ley es muy clara que algunos gastos del contribuyente y su familia pueden entrar solo con la limitante que no hayan tenido ingresos mayores a 1 salario minimo elevado al año.

Ahora checando tu respuesta me puse a revisar la factura para ver si era por gastos mèdicos mayores y no es seguro de vida.

Agradezco tus comentarios a este tòpico.

Saludos.[/quote:1b7a4f8c7a]



Asi es Candelario, en deducciones personales, gastos medicos, y funerarios, son los propios y familiares en linea recta ascendente y desendente y el comyuge. cumpliendo con lo que tu mencionas art. 176 L.I.SR.

Saludos.

P.D. En las deduccione personales, no se encuentran los pagos por seguros de vida.
 
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mir100
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18/Ago/05 17:38
Re: pago de seguro es deducible?

Conclusión en base a varios de nuestros comentarios y fundamentos: seguros de vida no deducibles en este caso. :P
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
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18/Ago/05 17:54

Acepto la conclusión de Edgar, pero pregunto a Candelario, en el mensaje original nos comentas que la esposa es contribuyente y que percibe más de un salario minímo, entonces dos cuestionamientos; ¿Qué tipo de contribuyente es la esposa? y ¿Qué tanto arriba del minímo?...
 
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sosgtorreon
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