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20/Jul/05 13:18
DEDUCIBILIDAD DE GASTOS

TENGO UN CLIENTE Q ES DEL REGIMEN INTERMEDIO... NO TIENE CHEQUERA Y HA REALIZADO VARIOS GASTOS Y COMPRAS MAYORES A $2000.00, MI PREGUNTA ¿PUEDO DEDUCIRLOS PORQUE SON INDISPENSABLES PARA LAS ACTIVIDADES Q EL CONTRIBUYENTE REALIZA AUN CUANDO SE PAGARON EN EFECTIVO? ... ¿Q ME RECOMIENDAN PARA DEDUCIRLOS? :oops:

LES AGRADEZCO ME AYUDEN CON MI PROBLEMA......BUEN DIA
 
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amaya
Sargento Segundo

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20/Jul/05 13:22
Re: DEDUCIBILIDAD DE GASTOS

No serian Deducibles, aunque cumpla con el requisito de estrictamente indispensable .

Dale una leida a estos art. 31 L.I.SR Y art. 125 L.I.S.R.

Yo no te podria dar un consejo para que fueran deducibles, mas bien te daria el consejo de que si tiene estas compras y gastos frecuentemente , mejor tenga una cuenta de cheques.

Saludos
 
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mir100
Capitán Primero

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20/Jul/05 13:47

Yo te recomendaria que habra su cuenta de cheques ahora que si de plano el contribuyente no quiere

Pues que no haga gastos superiores al monto de los dos mil pesos, ya que en una revision te los van a rechazar por no cumplir con el requisito del pago con cheque nominativo.

Asi que comentale al contribuyente y que el tome su decision

Saludos!
 
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emmalu
Subteniente

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20/Jul/05 13:54
Re: DEDUCIBILIDAD DE GASTOS

Buen día, anteriormente yo habia tocado ese tema,y llegamos a la conclusion de que la ley no te obliga (cheque), pero las circusntancias si (hacer cheque) toma tu la desicion, buen día :twisted:
 
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corteslce
Capitán Segundo

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20/Jul/05 14:01
Re: DEDUCIBILIDAD DE GASTOS

Pues sabes, he visto casos somilares y conciente de que los gastos son estrictamente necesarios, se tramita chequera y se hace como que se paga la factura, ya que en si efectivamente el contribuyente pago esa factura en su momento, solo que la deducira hasta que aparezca afectado el cheque en el edo de cuenta.
 
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BR1
Coronel

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20/Jul/05 14:06
Re: DEDUCIBILIDAD DE GASTOS

SALUDOS:

EXISTE UNA DISPOSICION EXPRESA AL RESPECTO DE LA CUAL AHORITA NO TENGO EL FUNDAMENTO, LA CUAL MARCA UN LIMITE DE INGRESOS PARA QUE UNA PERSONA FISICA TENGA LA OBLIGACION DE TENER CUENTA DE CHEQUES. EN MI CASO AMPARO LAS FACTURAS MAYORES A $2000.00 CON LOS RECIBOS DE PAGO Y LAS DEDUZCO COMO PAGO EN PARCIALIDADES.

YA QUE ES CIERTO QUE ALGUNOS CONTRIBUYENTES QUE ESTAN ES ESTE REGIMEN NO TENDRAN LOS INGRESOS SUFICIENTES COMO PARA TENER CUENTA DE CHEQUES, Y ESTAN ASI POR EJEMPLO PARA PODER FACTURAR (caso de refaccionarias y cambios de aceite) QUE MUCHOS CLIENTES LES PIDEN FACTURA.

POR OTRO LADO SI SI TIENE LA CAPACIDAD DE ABRIR CTA. DE CHEQUES, ESPANTALO PARA QUE LO HAGA.

espero te sirvan de algo mis comentarios, SI ALGUIEN TIENE EL FUNDAMENTO DEL TOPO DE INGRESOS PARA TENER CUENTA DE CHEQUES EN P.F. FAVOR DE PASARNOSLO. SALUDOS....
 
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chanoc
Cabo

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