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13/Jul/05 17:24
ANTICIPO A PROVEEDORES

:cry: ME URGE SU AYUDA:

SOY P.F ACT EMPRESARIA MANEJO FLUJO DE EFECTIVO , DI ANTICIPO A PROVEEDORES EN EL MES DE JUNIO PERO LA FACTURA LA RECIBI CON FECHA DE JULIO, EN QUE MES PUEDO DEDUCIR POR COMPRAS Y ACREDITARME EL IVA? CUANDO EFECTIVAMENTE LA PAGUE? O CUANDO CAPTURO LA COMPRA EN JULIO CON LA FECHA DE LA FACTURA, SI ALGUIEN ME PUEDE ORIENTAR DONDE PUEDO CHECARLO EN LA LEY PORQUE A LO QUE ENTENDI ES QUE SOLO PUEDO ACREDITARME EL IVA QUE PAGUE EN EL MES SIEMPRE Y CUANDO EL COMPROBANTE SEA DEL MISMO MES, GRACIAS ESPERO SU APOYO ,GRACIAS.
 
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olgamc
Soldado

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13/Jul/05 17:42

Buenas tardes.

Dale una leyda al art. 125 fracción I de la LISR, el cual dice "Las deducciones autorizadas en esta Sección, además de cumplir con los requisitos establecidos en otras disposiciones fiscales, deberán reunir los siguientes:
I. Que hayan sido efectivamente erogadas en el ejercicio de que se trate. [u:9565cbf098]Se consideran efectivamente erogadas cuando el pago haya sido realizado en efectivo[/u:9565cbf098], mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, en servicios o en otros bienes que no sean títulos de crédito"

Por lo que en mi opinión puedes hacer deducible tu compra desde el momento es que es pagada en efectivo.

Espero esta información te sea de utilidad.

¡¡Saludos!!
 
Aprender es remar contra la corriente: si no avanzamos, se retrocede.
 
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OISC
Sargento Primero

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13/Jul/05 17:49
Re: ANTICIPO A PROVEEDORES

A mi punto de vista esos anticipos no son deducibles hasta que se comprueben con su respectiva factura:

[i:d988f247c0]ARTICULO 172. LAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS EN ESTE TITULO PARA LAS PERSONAS FISICAS QUE OBTENGAN INGRESOS DE LOS CAPITULOS III, IV Y V DE ESTE TITULO, DEBERAN REUNIR LOS SIGUIENTES REQUISITOS:

IV. ESTAR AMPARADA CON DOCUMENTACION QUE REUNA LOS REQUISITOS QUE SEÑALEN LAS DISPOSICIONES FISCALES RELATIVAS A LA IDENTIDAD Y DOMICILIO DE QUIEN LOS EXPIDA, ASI COMO DE QUIEN ADQUIRIO EL BIEN DE QUE SE TRATE O RECIBIO EL SERVICIO, Y QUE LOS PAGOS CUYO MONTO EXCEDA DE $2,000.00, SE EFECTUEN MEDIANTE CHEQUE NOMINATIVO DEL CONTRIBUYENTE, TARJETA DE CREDITO, DEBITO O DE SERVICIOS, O A TRAVES DE LOS MONEDEROS ELECTRONICOS QUE AL EFECTO AUTORICE EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA, EXCEPTO CUANDO DICHOS PAGOS SE HAGAN POR LA PRESTACION DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO. [/i:d988f247c0]
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
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13/Jul/05 17:57
Re: ANTICIPO A PROVEEDORES

En mi opinion si son deducibles en el momento del pago, esto lo fundamento en, la fracción VIII del 125 que establece:
VIII ......Tratándose únicamente de la documentación comprobatoria a que se refiere el primer párrafo de la fracción III del artículo 31 de esta Ley, ésta se obtenga a más tardar el día en que el contribuyente deba presentar su declaración. Además, la fecha de expedición de la documentación comprobatoria de un gasto deducible deberá corresponder al ejercicio por el que se efectúa la deducción.

Por lo tanto no importa cuando te expiden el comprobante, siempre y cuando tenga fecha del ejercicio en que se deduce, y lo obtengas a mas tardar el 30 de Abril del año siguiente.
 
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alexbarrera1
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13/Jul/05 18:01
Re: ANTICIPO A PROVEEDORES

[quote:a68b9cb4cd="alexbarrera1"]En mi opinion si son deducibles en el momento del pago, esto lo fundamento en, la fracción VIII del 125 que establece:
VIII ......Tratándose únicamente de la documentación comprobatoria a que se refiere el primer párrafo de la fracción III del artículo 31 de esta Ley, ésta se obtenga a más tardar el día en que el contribuyente deba presentar su declaración. Además, la fecha de expedición de la documentación comprobatoria de un gasto deducible deberá corresponder al ejercicio por el que se efectúa la deducción.

Por lo tanto no importa cuando te expiden el comprobante, siempre y cuando tenga fecha del ejercicio en que se deduce, y lo obtengas a mas tardar el 30 de Abril del año siguiente.[/quote:a68b9cb4cd]

Cumpliendo con esto sí estoy de acuerdo en poderla deducir, de otra manera no con todo y que este efectivamente pagada.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
Teniente Coronel

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13/Jul/05 18:18
Re: ANTICIPO A PROVEEDORES

MUCHAS GRACIAS POR SUS APORTACIONES ESO ES EN CUANTO A ISR PERO ME AYUDAN EN CUANTO AL IVA, SI LO PUEDO ACREDITAR EN ESE MES AUNQUE NO TENGA EL COMPROBANTE?
 
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olgamc
Soldado

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13/Jul/05 18:26
Re: ANTICIPO A PROVEEDORES

Hola:

EL IVA lo acreeditas, cuando tomes en cuenta la deduccion , el IVA es en base al Flujo ( Estado de cuenta)

Saludos
 
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mir100
Capitán Primero

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13/Jul/05 18:34
Re: ANTICIPO A PROVEEDORES

:) GRACIAS A TODOS POR SUS COMENTARIOS.
 
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olgamc
Soldado

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