ahora con el dictamen los auditores me detectaron unas diferencias en los pagos provisionales, por lo que me cometaron que debia presentar complementaria de los mismos por cada uno de lo meses, así como actualización y recargo
Mi pregunta es la siguiente; se supone que los pagos provisionales son acuenta del impuesto del ejercicio???
Estas en lo correcto, por lo que si estas plenamente convencido "hubieras pagado 1 peso en cada PP" y en la anual pagas el impuesto anual y listo.....esta en ti agresivo o conservador (y abogado en su momento)
Es preferible que presentes la complementaria, ya que si vien los pagos provisionales son a cuenta de la anual. Esto no exime que no hagas correctamente los pagos provisionales. Ya que estas dejando de pagar cantidades actualizadas y los recargos.
Yo tambien soy auditor. Y es preferible que la presentes pero al parecer a ti ya casi se te vence el plazo. si no es que ya dependiendo de la fecha de presentacion del dictamen.