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28/Jun/05 19:25
Re: Fundamento vta. vehiculo...

buenas tardes.

no existe fundamento alguno especifico para no desglosar el iva en la venta de activos fijos.

el no desglosar el iva en las operaciones gravadas por este impuesto, unicamente se refieren a las operaciones con el publico en general, en consecuencia la transmision de la propiedad de un automovil, necesariamente deben identificar al adquirente, con todos sus generales, para poder demostrar la propiedad de dicho bien, en consecuencia y a contrario sensu, si debe desglogar el iva correspondiente, con fundamento en el articulo 32, fracc. III, de dicha ley.

espero haber cooperado en la solucion de tu problema.


humberto rivera perez.
 
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hto
Soldado

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28/Jun/05 19:30
Re: Fundamento vta. vehiculo...

El fundamento es el artículo 9o., fracción IV, de la Ley del IVA.

De acuerdo con este artículo, estarán exentas las enajenaciones de bienes muebles usados, a excepción de los enajenados por empresas.

O sea, que sólo las enajenaciones de bienes muebles usados realizadas por empresas estarán gravadas por el IVA.

Las S.C. no son empresas, pues no están en el supuesto del artículo 16 del CFF.

Espero te sirva mi comentario
 

 
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EDITOR
Soldado

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28/Jun/05 19:50
Re: Fundamento vta. vehiculo...

gracias a todos por sus comentarios
 
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valyva
Cabo

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28/Jun/05 20:19

Bienes muebles enajenados por S.C. están exentos de Iva. art. 9 fracción IV LIVA.

Las S.C. no son empresas con fundamento en el art. 16 de CFF.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
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