El problema es que la empresa realiza una compensacion de saldos y por tal motivo le devuelven el valor de sus acciones, de tal manera que se las reembolsan al vaor que las adquiere, sin enbargo ya determine la utilidad en base al art 89 y pues no me da utilidad si no perdida debido a que el valor de la CUCA es mucho mayor que al precio en que las estan reembolsando