16/Jun/05 16:14
Re: Calculo de PP ISR Intermedio??
[quote:91b17000d3="BR1"]1. PF regimen intermedio, que se dio de alta el día 01 Mayo 2005,
2. Recibe remanentes de SC en la cual le aplican el subsidio, por lo que creo correcto que para la determinacion del PP x actividad empresarial no le corresponde la aplicacion del subsidio acreditable.
3. Que tabla utilizo, tengo entendido que es la acumulada que para tal efecto emite el SAT, pero en este caso al ser su primer mes mayo...cual es la tabla correcta??? ¿la que se publico el mes de enero 2005?[/quote:91b17000d3]
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estas en lo correcto BR1, solo que la tabla de acuerdo al art 127LISR, que te señala lo siguiente:
[i:91b17000d3]Artículo 127. Los contribuyentes a que se refiere esta Sección, efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas. [color=red:91b17000d3]El pago provisional se determinará restando de la totalidad de los ingresos a que se refiere esta Sección obtenidos en el periodo comprendido [size=18:91b17000d3]desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponde el pago[/size:91b17000d3],[/color:91b17000d3] ....[/i:91b17000d3]
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[i:91b17000d3]"Se tomará como base la tarifa del artículo 113 de esta Ley, sumando las cantidades correspondientes a las columnas relativas al límite inferior, límite superior y cuota fija, que en los términos de dicho artículo resulten para cada uno de los meses del periodo a que se refiere el pago provisional de que se trate, y que correspondan al mismo renglón identificado por el mismo por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior. Las autoridades fiscales realizarán las operaciones aritméticas previstas eneste párrafo para calcular la tarifa aplicable y la publicará en el Diario Oficial de la Federación."[/i:91b17000d3]
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de ahi que aunque tu hayas iniciado actividades en mayo, deberas utilizar las tablas acumuladas enero-mayo, pues este es el periodo de pago provisonal.
saludos!
aprende a perdonar, pues la vida es muy corta y, no vale la pena vivir con el corazon amargado, mas bien haz las paces con aquella persona que quieres y que ahora esta alejada de ti.tu vida cambiara y viviras mas plenamente.saludos!